Porque ha pasado muchísimo tiempo. Dos meses, concretamente.Hay_sinla escribió:Muy bien. ¿Por qué no recuerdo casos similares en otros partidos?Toshirô escribió:Pues que un partido está sujeto a unas normas mínimas de funcionamiento interno y sus afiliados tienen reconocidos una serie de derechos para articular su participación. Hay legislación reciente (Ley Orgánica de Partidos Políticos) y abundante jurisprudencia al respecto. En general se permite que los partidos elijan su propio modelo de elección de representantes (la ley no impone las primarias por sufragio universal sobre la elección indirecta mediante compromisarios, por ejemplo), pero luego quedan sujetos también a sus propias normas, que es donde vienen muchos problemas. En materia de régimen sancionador a los militantes también hay muchas sentencias que van trazando los límites entre la autonomía de los partidos y derechos básicos como la libertad de expresión.elmascrack escribió: ¿El qué no es así?
Por cierto, aunque el despido sea generalmente libre en España (que no gratuito), hay límites. Mírate el artículo 53.4 del Estatuto de los Trabajadores, por ejemplo. Tampoco puede una empresa despedir o contratar por motivos discriminatorios (difíciles de probar, sí, pero a veces se puede).
No es lo mismo, pero TOUCHÉ.Toshirô escribió:Porque ha pasado muchísimo tiempo. Dos meses, concretamente.Hay_sinla escribió:Muy bien. ¿Por qué no recuerdo casos similares en otros partidos?Toshirô escribió:
Pues que un partido está sujeto a unas normas mínimas de funcionamiento interno y sus afiliados tienen reconocidos una serie de derechos para articular su participación. Hay legislación reciente (Ley Orgánica de Partidos Políticos) y abundante jurisprudencia al respecto. En general se permite que los partidos elijan su propio modelo de elección de representantes (la ley no impone las primarias por sufragio universal sobre la elección indirecta mediante compromisarios, por ejemplo), pero luego quedan sujetos también a sus propias normas, que es donde vienen muchos problemas. En materia de régimen sancionador a los militantes también hay muchas sentencias que van trazando los límites entre la autonomía de los partidos y derechos básicos como la libertad de expresión.
Por cierto, aunque el despido sea generalmente libre en España (que no gratuito), hay límites. Mírate el artículo 53.4 del Estatuto de los Trabajadores, por ejemplo. Tampoco puede una empresa despedir o contratar por motivos discriminatorios (difíciles de probar, sí, pero a veces se puede).
Vale, y como éstos incumplieron las normas internas del partido, por eso no les dejaron presentarse a las primarias. No entiendo por qué ve la justicia un problema ahí.Toshirô escribió:Pues que un partido está sujeto a unas normas mínimas de funcionamiento interno y sus afiliados tienen reconocidos una serie de derechos para articular su participación. Hay legislación reciente (Ley Orgánica de Partidos Políticos) y abundante jurisprudencia al respecto. En general se permite que los partidos elijan su propio modelo de elección de representantes (la ley no impone las primarias por sufragio universal sobre la elección indirecta mediante compromisarios, por ejemplo), pero luego quedan sujetos también a sus propias normas, que es donde vienen muchos problemas. En materia de régimen sancionador a los militantes también hay muchas sentencias que van trazando los límites entre la autonomía de los partidos y derechos básicos como la libertad de expresión.elmascrack escribió:¿El qué no es así?Toshirô escribió:
No, no es así. Sobre el papel, al menos.
Por cierto, aunque el despido sea generalmente libre en España (que no gratuito), hay límites. Mírate el artículo 53.4 del Estatuto de los Trabajadores, por ejemplo. Tampoco puede una empresa despedir o contratar por motivos discriminatorios (difíciles de probar, sí, pero a veces se puede).
Pues con esto lo mismo. La justicia no se debería meter en los asuntos internos de los partidos y que ellos mismos elijan a quien le salga del rabo para presentarse a elecciones y con las normas que les apetezca.Toshirô escribió:Porque ha pasado muchísimo tiempo. Dos meses, concretamente.Hay_sinla escribió:Muy bien. ¿Por qué no recuerdo casos similares en otros partidos?Toshirô escribió:
Pues que un partido está sujeto a unas normas mínimas de funcionamiento interno y sus afiliados tienen reconocidos una serie de derechos para articular su participación. Hay legislación reciente (Ley Orgánica de Partidos Políticos) y abundante jurisprudencia al respecto. En general se permite que los partidos elijan su propio modelo de elección de representantes (la ley no impone las primarias por sufragio universal sobre la elección indirecta mediante compromisarios, por ejemplo), pero luego quedan sujetos también a sus propias normas, que es donde vienen muchos problemas. En materia de régimen sancionador a los militantes también hay muchas sentencias que van trazando los límites entre la autonomía de los partidos y derechos básicos como la libertad de expresión.
Por cierto, aunque el despido sea generalmente libre en España (que no gratuito), hay límites. Mírate el artículo 53.4 del Estatuto de los Trabajadores, por ejemplo. Tampoco puede una empresa despedir o contratar por motivos discriminatorios (difíciles de probar, sí, pero a veces se puede).
¿Por qué Podemos en Andalucía se presenta con la marca Adelante Andalucía y deja aparcada la marca Podemos? ¿Tan devaludada está la marca Podemos como para ya no usarla?Hay_sinla escribió:Adelante Andalucía promete 24 leyes en dos años para lograr derechos negados
https://www.europapress.es/andalucia/no ... 34637.html
Entiendo que se confía en mantener el voto a Podemos y atraer más votos del mundo de izquierda Unida y del andalucismo de izquierdas.elmascrack escribió:¿Por qué Podemos en Andalucía se presenta con la marca Adelante Andalucía y deja aparcada la marca Podemos? ¿Tan devaludada está la marca Podemos como para ya no usarla?Hay_sinla escribió:Adelante Andalucía promete 24 leyes en dos años para lograr derechos negados
https://www.europapress.es/andalucia/no ... 34637.html
Por tu recomendación he decidido darle una segunda oportunidad al artículo (antes lo había dejado después de leer el primer párrafo) y he podido comprobar que, como ya se podía intuir, va hilando falacias.hoeman escribió:En este artículo dan mucha cera argumentada a Pablo iglesias y el partido Podemos:
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