DonEstifen escribió:Joni· escribió:¿Lo qué?metalin escribió:
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La asistencia al suicidio exige que el suicida no tenga capacidad física para ejecutar su deseo. De lo contrario, es pedirle a alguien que te mate y no se me ocurre ninguna razón para aceptar esa petición que no sean ganas de matar o alguna otra psicopatía similar. Tampoco veo ninguna necesidad de regulación del "Suicidio asistido porque jo, tío, qué pereza saltar por la ventana ¿Me haces el favor de asesinarme tú en nombre del amor?".
Así que, en concurrencia de los dos factores clave (deseo inequívoco de morir e incapacidad física para ejecutar ese deseo con los medios propios), sí, sin excepción.
La regulación de la eutanasia tiene más dificultades pero, con una regulación adecuada, también todo lo que entre en los supuestos tasados sin excepción.
En realidad no es solo eso. La asistencia al suicidio (legal) consiste en facilitar los medios para que una persona se suicide sin dolor y de paso sin poner en riesgo a otras personas (saltando de una ventana, p.ej.)
Como comentaban antes, hay casos en los que no tiene pq haber una incapacidad física y aún así en algunos paises se aceptan las solicitudes:
https://www.elconfidencial.com/mundo/20 ... a_1511786/
Mira, mejor aún porque en realidad el único requisito que me importa es el de la voluntad inequívoca. Suicidarse sin asistencia es siempre una putada para una o varias personas (testigos, personal policial y judicial presente en la escena...) y es muy fácil evitarlo