por amc81granada »
15 Feb 2018, 09:21
Buenos días, como creador del hilo he estado siguiendo estos días con atención los argumentos en uno y otro sentido y, en general, se ha producido un intercambio interesante. Se quedan muy marcadas las posiciones ideológicas (porque al fin al cabo aquí va mucho de eso, de una concepción ideológica sobre los poseedores finales de derechos) y han quedado claras las diferentes posturas, pero quería añadir algunos puntos, sobre sucesiones, y sobre el gran olvidado de esta Ley, que son las donaciones.
En cuanto a sucesiones, creo que hay varios puntos en los que incidir:
* Las sucesiones padres/hijos, en la mayoría de los casos, quedan solucionadas en las CCAA con mínimos exentos importantes, e incluso con exenciones para viviendas habituales. Desconozco si hay alguna CCAA que mete el palo desde el principio, pero por ejemplo aquí ya subieron el límite hasta el millón y la vivienda habitual queda exenta. Ya queda en el pensamiento de cada uno, si aún así sigue siendo una barbaridad lo que se recauda, o si debería estar aún más gravado.
* Uno de los principales problemas de todo esto, y ya se ha esbozado, no es la sucesión en sí, sino la actualización del valor catastral, y el correspondiente pago del impuesto de plusvalía. Aquí, si suele haber problema, sobre todo con herencias no dinerarias, de viviendas de muchos años de antigüedad, con un valor no actualizado, y con uso familiar, porque en este caso, al usarse la transmisión padre-hijo (estoy usando la primera línea de sucesión por ahora), se actualiza, y se ve que en muchos casos, salen valores de impuesto muy elevados, y difíciles de asumir. A esto se une, que realmente es un de los pocos impuestos que manejan los ayuntamientos (junto con IBI y circulación, y algunos basuras/aguas), por lo que para ellos es una fuente de financiación a la que no pueden renunciar y quieren cobrar a la mayor brevedad (Otro debate que se podría abrir es la silenciación sobre la financiación de ayuntamientos, que una vez sin suelo que vender, se quedan sin medios para financiar servicios, siempre se habla de la financiación autonómica, mientras que la local se deja apartada). En resumen, que el palo para herencias padres-hijos, en muchos casos es por la actualización de la vivienda. Yo creo personalmente, que, si la vivienda sigue dentro de la unidad familiar, sin venderse, o no debería actualizarse este valor para liquidarlo, o se debería dar un plazo amplio para proceder a la liquidación de la actualización (mínimo 5-10 años). Diferente es que se venda, y en ese momento, estaría claro que el vendedor tendría que liquidar ese impuesto (o lo que quede de él), con los beneficios obtenidos de la venta, pero no obligar a pagos, en muchos casos estratosféricos, por heredar una vivienda, que no tienes intención de vender. Pero, en todo caso, esto queda fuera de la Ley de sucesiones, aunque sea una consecuencia de esta.
* Los problemas con sucesiones surgen, además de con la plusvalía, cuando las herencias no son en primer grado, y se empiezan a aplicar coeficientes ampliatorios importantes (hijos que son grupo I y II tiene un coeficiente de 1, pero segundo grado (padres y hermanos o nietos) o tercer grado (tíos y sobrinos), tiene ya un recargo del 60%, y si nos vamos a primos o no familiares, nos vamos al 100%). Esto que parece extraño, es más común de lo normal, porque todavía hay muchas personas mayores, que se han quedado soltera (quien no tiene una tía así), y cuyos patrimonios pueden ser abultados, y en muchos casos, el dejarlo a sus sobrinos o sobrinos-nietos, es lo que causa esas divergencias importantes en los pagos. Además hay ciertos desequilibrios, porque si el esquema de sucesión, por causas de la vida, es tia-abuela -> abuela -> madre -> hija, solo la primera herencia, entre hermanos es del grupo III, pero si se saltan alguno de los escalones, puede irse al grupo IV y ser aún más gravosa. Creo que hay que revisar esos temas, porque ya digo que la típica herencia de una tía soltera es más común de lo que se supone.
* Por último, es que, aquí se ha hablado de distribución de la riqueza y otros temas, para justificar el impuesto, pero comentar, que no es un impuesto por el que se recaude una cantidad importante de dinero (no es baladí, pero no es de los impuestos potentes), por lo que una armonización o homogeneización a la media-baja tampoco supone un quebranto importante a las rentas públicas, mientras que un aumento significativo en lasa tasas, sí puede aumentar significativamente la renuncia de herencias. También comentar, por otro lado, que es cierto que el mayor número de renuncias no es por el tema de no poder pagar lo que vale heredar, sino porque el muerto se ha ido con más deudas que bienes, y como eso también se hereda...
Hasta ahí el tema de sucesiones, pero como comenté queda el tema donación que creo que se ha tratado muy poco, e incluso que no está en el debate político (aquí la pelea ha sido aumentar el mínimo exente de la sucesión de 250.000 a un millón de euros, pero una donación de 10.000 euros (100 veces menos) sigue teniendo un buen palo). Yo creo que aquí hay materia para legislar de una manera responsable y pensando en qué es lo mejor para los particulares y para el Estado en general.
Me explico, si nos vamos a las medias (Siempre habrá excepciones), actualmente la esperanza de vida se sitúa por encima de los 80 años, y las maternidades sobre los 30 de media, por lo que, en general, cuando alguien hereda de sus padres, tiene ya unos 50 años de media, la vida más organizada, y normalmente o ya tiene la vivienda en propiedad y pagada, o ha decidido no tenerla o no ha podido, pero ya suele ser difícil dar marcha atrás en las decisiones anteriores. Además, en esos casos, las herencias inmobiliarias, lo que generan es un problema al heredero que se tiene que buscar la vida para vender, y las económicas, pues son un alivio, pero es bastante probable que ese dinero lo hubiera necesitado antes.
Y a lo que voy, qué pasa, digamos, 15-20 años antes? Cuando los padres están en 60-65 años, en las puertas de la jubilación y los hijos en 30-35 años, en mitad de la lucha por una estabilidad laboral, por la decisión de vivienda o siendo padres? Pues que actualmente la legislación pone muy difícil que pueda haber un trasvase de fondos dentro de unidades familiares, entre aquellos que ya han podido ahorrar algo a lo largo de su vida y que probablemente no van a tener tiempo para gastarlo todo, y los que en ese momento puntual necesitaría una ayuda económica. Algunas CCAA legislan con algunas exenciones (aquí en Andalucía es a discapacitados, vivienda habitual, pero solo a menores de 35 años y solo para compra, y ayuda a negocio particular, pero ayuda directa e invertible directamente), por lo que hay muchos casos (por ejemplo alquiler vivienda, compra vivienda para mayores de 35, compra de vehículo, arreglos y equipamientos en viviendas, pago de universidad o educación del nieto, etc) que quedan fuera.
Y aquí es donde me pregunto, si desde el punto de vista del Estado, les viene mejor que muchas de esas donaciones no se hagan, por la elevada carga impositiva que genera en algunas CCAA y se quede por lo tanto ese dinero en las cuentas de los donantes, que no lo van a poner en funcionamiento, o se facilite fiscalmente esa posibilidad, que va a generar un flujo de dinero que seguro que va a ser gastado con más facilidad (la de los jóvenes treintañeros) y va a generar un IVA posterior, un IRPF u otro racimo de impuestos adicionales. Y me explico con un caso expreso: una donación padres-hijos de 60.000 euros en Andalucía está gravada por más de 12.000 euros en impuestos, por lo que no se hace. Con una tasa menor, se incentivaría y se podría por ejemplo, el que lo recibe, comprar un vehículo (impuesto de circulación, matriculación, venta de vehículo por parte de un concesionario, mantenimiento posterior, combustible...), o en realizar reformas en la vivienda (baños, dormitorios, con un trabajo gravado por IVA, una compra de materiales, etc). Creo que, a medio plazo, la segunda fórmula generaría más recursos para el Estado (básicamente es considerar que la actividad económica genera mucho más recursos al Estado que el tener parado el dinero).
E incluso, iría más allá. Ahora mismo si unos padres andaluces le donan 60.000 euros a su hija, que vive en Madrid, se paga 36 euros por 2 papeles, mientras que si unos padres madrileños le donan 60.000 euros a su hija que vive en Andalucía, se paga 12.000 euros. Eso, competencia fiscal aparte, lo que provoca es que el primer caso se realice en muchas más ocasiones y tengas dinero procedente de Andalucía, generando actividad económica y recaudación de impuestos en Madrid, y por otro lado, dinero generado en Madrid y durmiendo la mona allí, en vez de generar riqueza en Andalucía. Creo que es un tema para mirarse.
Hay quien podría decir, que si liberalizamos esas donaciones, se corre el riesgo de descapitalizar las herencias. Puede ser verdad, pero por un lado hay corrientes de ideas divergentes (el dinero es de los padres y lo gastan en lo que quieren, vs. los hijos tienen derecho a heredar en igualdad) y por otro lado, siempre se podría limitar, a cantidades siempre económicas (no entrar en bienes inmuebles), y con importes, que siendo importantes para el día a día familiar (como lo que he hablado 30-60mil euros), no sean cantidades ingentes (como el millón de euros del que hablamos en Andalucía en sucesiones).
En definitiva, creo que con una suavización de donaciones entre primeros y segundos grados (por ejemplo el abuelo que quiera pagar la carrera a sus nietos, quitando esa carga a los padres), en cantidades razonables, se puede mejorar mucho la eficiencia de este impuesto, y sin entrar en el debate de fondo de si es un robo o una obligación fiscal, sino llegando a un punto intermedio, en el que se vean beneficiado la mayoría de contribuyentes, y, por supuesto, el Estado siga teniendo una capacidad recaudatoria importante para sus políticas del bienestar.
Saludos y perdonad el tochazo, pero creo que siendo el que abrió el hilo tenía que compartir mis ideas.