Pues si que está bien encubierto, joba.Agurain escribió:ratatatatá escribió:HAWK escribió:Ya que el gobierno español se ha quitado la careta, no veo porqué los franquistas tienen que seguir escondiendo sus símbolos.
¿qué careta se ha quitado el gobierno español?
Que son mas fachas que la hostia y que seguimos viviendo en un franquismo encubierto.
metalin escribió:Pues si que está bien encubierto, joba.
Hay rojos en las alcaldias mas importantes del pais, en gobiernos autonómicos, en alguno incluso gobiernos que apostatan de las leyes españolas y sus simbolos. Hay manifestaciones en las calles, huelgas, concentraciones, a veces incluso gobernantes acaban en la carcel por corrupción, hay redes sociales en Internet donde se puede criticar sin problemas a los gobernantes...., etc.., etc.., etc...
Si, definitivamente si que está bien encubierto el franquismo bajo el que vivimos.
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uno del nuevo centro-izquierda hace unos años escribió:por mucho q os empeñeis los izquierdosos y demàs gentuza...
Agurain escribió:ratatatatá escribió:¿qué careta se ha quitado el gobierno español?
Que son mas fachas que la hostia y que seguimos viviendo en un franquismo encubierto.
El PSOE también? Es que ha gobernado muchos mas años que el PP. Todavia va ganando 21 a 14.Dos mas uno escribió:metalin escribió:Pues si que está bien encubierto, joba.
Hay rojos en las alcaldias mas importantes del pais, en gobiernos autonómicos, en alguno incluso gobiernos que apostatan de las leyes españolas y sus simbolos. Hay manifestaciones en las calles, huelgas, concentraciones, a veces incluso gobernantes acaban en la carcel por corrupción, hay redes sociales en Internet donde se puede criticar sin problemas a los gobernantes...., etc.., etc.., etc...
Si, definitivamente si que está bien encubierto el franquismo bajo el que vivimos.
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Uno echa un ojo a las empresarios que más favoreció el régimen y dónde están ahora, o se pregunta quién propuso la forma de estado vigente o quienes fundaron el partido en el gobierno y la respuesta pierde un pelín de fuerza.
Algo que, como bien es sabido, con Franco también pasaba.THE FONT escribió:Agurain escribió:ratatatatá escribió:¿qué careta se ha quitado el gobierno español?
Que son mas fachas que la hostia y que seguimos viviendo en un franquismo encubierto.
Agurain es de esos que votaba a HB cuando ETA mataba. Un verdadero demócrata el tipo.
Jopé, pues lo que él diga.
Toshirô escribió:El franquismo es el mayor problema de este país, causa subyacente de todos los males que nos aquejan. Es más, el franquismo seguiría siendo el principal problema de este país en la quinta legislatura con mayoría absoluta de Podemos.
Quizás para entonces se habrían abolido las elecciones. Por culpa de la amenaza del franquismo.
Pirata somalí escribió:ratatatatá escribió:Agurain escribió:
Que son mas fachas que la hostia y que seguimos viviendo en un franquismo encubierto.
Pero que los del PP son más fachas que la hostia ya lo sabíamos desde el primer día. No sé de qué nos sorprendemos ahora.
Cuando muchos erais un puto aborto, algunos todavía no estabais "destetados", eran los de UCD, luego incluso a los del PSOE, evidentemente el mero hecho de no ser guarro, proetarra, antisistema,anarquista, comunista, chavista, bolchebique, los de la religión de la paz o independentista en el país pequeñito del noreste español "TODOS FACHAS".
Ilustraros un poco anda.
¿Es legal exhibir la bandera franquista?
https://verne.elpais.com/verne/2017/09/ ... 90507.html
”Es una bandera que no está vigente, que es preconstitucional y que no tiene ninguna legitimidad -explica Cano Montejano-. Además, puede tener una caracterización negativa si se usa para incitar al odio. Pero no diría que es anticonstitucional”. Este profesor de derecho constitucional recuerda la bandera del águila “ni se menciona” en la Constitución, al no ser un símbolo vigente.
erminguet escribió:El problema del franquismo es que han creado una red clientelar padres-hijos en militares, jueces y políticos , y hacer una limpia de eso es mas chungo que el norcoreano gane una guerra a USA.
Si no depuras minimamente eso vas a tragar rabo francuno por los siglos de los siglos
skywalker escribió: Aquí se vive en un estado que tiene un exquisito respeto por la democracia
Trasgus. escribió:TEXTO
DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley.
Artículo primero.
La bandera de España simboliza la nación; es signo de la soberanía, independencia, unidad e integridad de la patria y representa los valores superiores expresados en la Constitución.
Artículo segundo.
Uno. La bandera de España, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo cuarto de la Constitución española, está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla de doble anchura que cada una de las rojas.
Dos. En la franja amarilla se podrá incorporar, en la forma que reglamentariamente se señale, el escudo de España.
El escudo de España figurará, en todo caso, en las banderas a que se refieren los apartados uno, dos, tres y cuatro del artículo siguiente.
Tres. El tratamiento y honores que deben ser prestados a la bandera de España se regirán por lo que reglamentariamente se disponga y en el caso de las Fuerzas Armadas, por sus disposiciones específicas.
Artículo tercero.
Uno. La bandera de España deberá ondear en el exterior y ocupar el lugar preferente en el interior de todos los edificios y establecimientos de la Administración central, institucional, autonómica, provincial o insular y municipal del Estado.
Dos. La bandera de España será la única que ondee y se exhiba en las sedes de los órganos constitucionales del Estado y en la de los órganos centrales de la Administración del Estado.
Tres. La bandera de España será la única que ondee en el asta de los edificios públicos militares y en los acuartelamientos, buques, aeronaves y cualesquiera otros establecimientos de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas de Seguridad del Estado.
Cuatro. La bandera de España, así como el escudo de España, se colocará en los locales de las misiones diplomáticas y de las oficinas consulares, en las residencias de sus Jefes y, en su caso, en sus medios de transporte oficial.
Cinco. La bandera de España se enarbolará como pabellón en los buques, embarcaciones y artefactos flotantes españoles, cualquiera que sea su tipo, clase o actividad, con arreglo a lo que establezcan las disposiciones y usos que rigen la navegación.
Artículo cuarto.
En las Comunidades Autónomas, cuyos Estatutos reconozcan una bandera propia, ésta se utilizará juntamente con la bandera de España en todos los edificios públicos civiles del ámbito territorial de aquélla, en los términos de lo dispuesto en el artículo sexto de la presente ley.
Artículo quinto.
Cuando los Ayuntamientos y Diputaciones o cualesquiera otras Corporaciones públicas utilicen sus propias banderas, lo harán junto a la bandera de España en los términos de lo establecido en el artículo siguiente.
Artículo sexto.
Uno. Cuando se utilice la bandera de España ocupará siempre lugar destacado, visible y de honor.
Dos. Si junto a ella se utilizan otras banderas, la bandera de España ocupará lugar preeminente y de máximo honor y las restantes no podrán tener mayor tamaño.
Se entenderá como lugar preeminente y de máximo honor:
a) Cuando el número de banderas que ondeen juntas sea impar, la posición central.
b) Si el número de banderas que ondeen juntas es par, de las dos posiciones que ocupan el centro, la de la derecha de la presidencia si la hubiere o la izquierda del observador.
Artículo séptimo.
Cuando la bandera de España deba ondear junto a la de otros Estados o naciones lo hará de acuerdo con las normas y usos internacionales que rigen esta materia en las relaciones entre Estados, así como con las disposiciones y reglamentos internos de las organizaciones intergubernamentales y las conferencias internacionales.
Artículo octavo.
Se prohíbe la utilización en la bandera de España de cualesquiera símbolos o siglas de partidos políticos, sindicatos, asociaciones o entidades privadas.
Artículo noveno.
Las autoridades corregirán en el acto las infracciones de esta Ley, restableciendo la legalidad que haya sido conculcada.
Artículo décimo.
Uno. Los ultrajes y ofensas a la bandera de España y a las contempladas en el artículo 4 del presente texto, se castigarán conforme a lo dispuesto en las leyes.
Dos. Las infracciones de lo previsto en esta ley se considerarán incursas en lo establecido en el artículo ciento veintitrés y concordantes del Código Penal y, en su caso, en el artículo trescientos dieciséis del Código de Justicia Militar, sin perjuicio de las sanciones administrativas que pudieran proceder.
Tres. Los ultrajes y ofensas a las banderas a que se refiere el artículo tercero de esta ley, se considerarán siempre como cometidas con publicidad a los efectos de lo dispuesto en el citado artículo ciento veintitrés del Código Penal.
Cuatro. Sin perjuicio de la responsabilidad en que incurran los autores de las infracciones de lo dispuesto en esta ley, lo establecido en el artículo ciento veintitrés del Código Penal o trescientos dieciséis del Código de Justicia Militar, en los casos de personas y lugares previstos en este último, será asimismo de aplicación a los Presidentes, Directores o titulares de organismos, instituciones, centros o dependencias y a los representantes legales de partidos políticos, sindicatos, asociaciones o entidades privadas de toda índole que, tras ser requeridos para el cumplimiento de esta ley por la autoridad gubernativa, incumplan lo preceptuado en los artículos anteriores.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Quedan derogados el Real Decreto dos mil setecientos cuarenta y nueve/mil novecientos setenta y ocho, de veinticuatro de noviembre, sobre utilización de la bandera nacional, y cuantas otras disposiciones se opongan a lo establecido en la presente ley.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Se faculta al Gobierno para dictas las disposiciones que requiera el cumplimiento de la presente ley, la cual entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar este Ley.
Palacio de la Zarzuela, Madrid, a veintiocho de octubre de mil novecientos ochenta y uno.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
LEOPOLDO CALVO-SOTELO Y BUSTELO
Yo ahi entiendo no se pueden poner simbolos a la bandera mas alla del escudo
MiRRaGe escribió:Me hace mucha gracia la gente que sale a decir lo k lo del aguilucho k si tal y pascual, k los reyes catolicos, la constitucion y si es legal o k cojones. Esa bandera a dia de hoy tiene un significado, y sanseacabó, lo demás es palabreria de sunnormales
Bundy escribió:
Para completar y eso. Me he reído un rato con ese "pero no me sentí incómodo".
elmascrack escribió:Bundy escribió:
Para completar y eso. Me he reído un rato con ese "pero no me sentí incómodo".
Pirata somalí escribió:ratatatatá escribió:Agurain escribió:
Que son mas fachas que la hostia y que seguimos viviendo en un franquismo encubierto.
Pero que los del PP son más fachas que la hostia ya lo sabíamos desde el primer día. No sé de qué nos sorprendemos ahora.
Cuando muchos erais un puto aborto, algunos todavía no estabais "destetados", eran los de UCD, luego incluso a los del PSOE, evidentemente el mero hecho de no ser guarro, proetarra, antisistema,anarquista, comunista, chavista, bolchebique, los de la religión de la paz o independentista en el país pequeñito del noreste español "TODOS FACHAS".
Ilustraros un poco anda.
¿Es legal exhibir la bandera franquista?
https://verne.elpais.com/verne/2017/09/ ... 90507.html
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