El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas
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erminguet
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El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas

por erminguet » 21 Sep 2017, 19:56

Ni pa pipas señores
http://m.elconfidencialdigital.com/dine ... 4.amp.html


DINERO
El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas
El préstamo del Estado y el Fondo de Reserva no son suficientes para afrontar las mensualidades del año que viene. Solo está garantizada la extra de Navidad
Medida de urgencia del Gobierno para garantizar el cobro de la pensión a los 9 millones de jubilados. Los Presupuestos Generales del Estado de 2018 incluirán un nuevo crédito del Estado a la Seguridad Social. Un “balón de oxígeno” que permita a Empleo hacer frente a todas las mensualidades del próximo año y a las dos pagas extra.
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Van Zant
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Re: El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas

por Van Zant » 21 Sep 2017, 20:05

Se los expropiaremos a los restos del Sabadel, LA Caixa y Catalana Occidente cuando os secesioneis

TeN_tE
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Re: El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas

por TeN_tE » 21 Sep 2017, 20:08

The End is Here

RakdØs
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Re: El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas

por RakdØs » 21 Sep 2017, 20:10

Pero mientras tanto fomentemos el aborto y la homosexualidad, que os va a pagar vuestra futura pension quien yo os diga
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Van Zant
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Re: El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas

por Van Zant » 21 Sep 2017, 20:13

erminguet escribió:Ni pa pipas señores
http://m.elconfidencialdigital.com/dine ... 4.amp.html


DINERO
El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas
El préstamo del Estado y el Fondo de Reserva no son suficientes para afrontar las mensualidades del año que viene. Solo está garantizada la extra de Navidad
Medida de urgencia del Gobierno para garantizar el cobro de la pensión a los 9 millones de jubilados. Los Presupuestos Generales del Estado de 2018 incluirán un nuevo crédito del Estado a la Seguridad Social. Un “balón de oxígeno” que permita a Empleo hacer frente a todas las mensualidades del próximo año y a las dos pagas extra.


Tu has entendido que una "parte" de la administracion presta a otra "parte" de la administracion ¿no? o te has quedado en el titular.

erminguet
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Re: El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas

por erminguet » 21 Sep 2017, 20:13

RakdØs escribió:Pero mientras tanto fomentemos el aborto y la homosexualidad, que os va a pagar vuestra futura pension quien yo os diga


O las putas del rey o los barcos que se hunden, o las corridas de toros... todo sea dicho.
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whitecrow
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Re: El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas

por whitecrow » 21 Sep 2017, 20:14

RakdØs escribió:Pero mientras tanto fomentemos el aborto y la homosexualidad, que os va a pagar vuestra futura pension quien yo os diga


La difunta rita,mariano y la cifu aprueban esto :mrgreen:

mariano por partida doble
Me han nombrado Comandante General.
Conozco sobre el mundo vegetal,mineral y animal.
Me sé los reyes de Inglaterra y puedo citar todos los hechos de la tierra.
Además de teoremas manejo muchos otros temas.
Solo la mente obtusa calcula mal la hipotenusa.

Van Zant
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Re: El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas

por Van Zant » 21 Sep 2017, 20:16

whitecrow escribió:
RakdØs escribió:Pero mientras tanto fomentemos el aborto y la homosexualidad, que os va a pagar vuestra futura pension quien yo os diga


La difunta rita,mariano y la cifu aprueban esto :mrgreen:

mariano por partida doble


¿Y lo de Cifu es por?

Merrylinch
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Re: El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas

por Merrylinch » 21 Sep 2017, 22:01

Van Zant escribió:Se los expropiaremos a los restos del Sabadel, LA Caixa y Catalana Occidente cuando os secesioneis


Al Sabadell lo dejas en paz, que ya ha dicho que en cuanto se declare la independencia, se larga de Catalunya.

Y además hace anuncios molones con españoleitors de la categoría de Loquillo.


Así que... no tocarles ni un pelo :(( .


O mejor aún, ni un céntimo... lo agradecerán más :D .

Cypresshill
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Re: El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas

por Cypresshill » 21 Sep 2017, 22:32

whitecrow escribió:
RakdØs escribió:Pero mientras tanto fomentemos el aborto y la homosexualidad, que os va a pagar vuestra futura pension quien yo os diga


La difunta rita,mariano y la cifu aprueban esto :mrgreen:

mariano por partida doble

Y Maroto ni te cuento.

RakdØs
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Re: El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas

por RakdØs » 21 Sep 2017, 22:35

Merrylinch escribió:
Van Zant escribió:Se los expropiaremos a los restos del Sabadel, LA Caixa y Catalana Occidente cuando os secesioneis


Al Sabadell lo dejas en paz, que ya ha dicho que en cuanto se declare la independencia, se larga de Catalunya.

Y además hace anuncios molones con españoleitors de la categoría de Loquillo.


Así que... no tocarles ni un pelo :(( .


O mejor aún, ni un céntimo... lo agradecerán más :D .

Y como haran muchas otras empresas, que estan en barcelona por ser una ciudad de ESPAÑA. ;)
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super ninio
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Re: El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas

por super ninio » 21 Sep 2017, 22:41

erminguet escribió:Ni pa pipas señores
http://m.elconfidencialdigital.com/dine ... 4.amp.html


DINERO
El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas
El préstamo del Estado y el Fondo de Reserva no son suficientes para afrontar las mensualidades del año que viene. Solo está garantizada la extra de Navidad
Medida de urgencia del Gobierno para garantizar el cobro de la pensión a los 9 millones de jubilados. Los Presupuestos Generales del Estado de 2018 incluirán un nuevo crédito del Estado a la Seguridad Social. Un “balón de oxígeno” que permita a Empleo hacer frente a todas las mensualidades del próximo año y a las dos pagas extra.


ya es la segunda vez hoy que abres un hilo que ni te has leido ni entiendes.

Te voy a llamar ercachondet, que es lo que eres. :brindo por eso:

whitecrow
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Re: El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas

por whitecrow » 21 Sep 2017, 22:56

Van Zant escribió:
whitecrow escribió:
RakdØs escribió:Pero mientras tanto fomentemos el aborto y la homosexualidad, que os va a pagar vuestra futura pension quien yo os diga


La difunta rita,mariano y la cifu aprueban esto :mrgreen:

mariano por partida doble


¿Y lo de Cifu es por?


a veces pienso que os haceis los tontos y otras pienso que no :roll:
Me han nombrado Comandante General.
Conozco sobre el mundo vegetal,mineral y animal.
Me sé los reyes de Inglaterra y puedo citar todos los hechos de la tierra.
Además de teoremas manejo muchos otros temas.
Solo la mente obtusa calcula mal la hipotenusa.

MadGoat
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Re: El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas

por MadGoat » 21 Sep 2017, 23:57

Que noticia más fantástica. Felicidades.

Ayer murieron cientos de personas en México, otra noticia desagradable que siguiendo el patrón de hijo putismo, debería causar aún más placer y felicidad a esa gente. Que pena que muchos no tragaran mierda del siglo pasado para revolcarse en la mierda de felicidad.

Case
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Re: El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas

por Case » 22 Sep 2017, 00:06

Esto también tiene que ver con Cataluña? La virgen que pesadilla.

El fondo de reserva nunca ha alcanzado ni para pagar un año entero, ni en los tiempos de la Arcadia España 2006. El pago de las pensiones es redistributivo.

El crédito, veo que es un cambalache de deuda pública metiéndola de una caja en otra. Más déficit y más deuda el famoso austericidio ese que decimos que cometemos. Los motivos técnicos habrá, supongo que limitaciones legales de la UE por la que hay que mantener la ficción de que son dos cajas separadas.

Para más detalles del agujero de las pensiones la gráfica del hilo de economía de pension media nuevo cotizante

Lo que me sorprende es que los mas apegados al concepto de fondo de reserva, son los menos participes de implantar mochila austriaca.
[img]http://archivodenessus.com/imagenes/2006/sig_occam.gif[/img]

Si eres persona, es decir propietario, ley antidesahucio.
Si no eres persona, es decir inquilino, ley de desahucio express.

RakdØs
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Re: El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas

por RakdØs » 22 Sep 2017, 00:13

Por si alguien no tiene claro como funciona :postureo:
Sección 4

Fondo de reserva de la Seguridad Social

Artículo 117 Constitución del Fondo de Reserva de la Seguridad Social

En la Tesorería General de la Seguridad Social se constituirá un Fondo de Reserva de la Seguridad Social con la finalidad de atender a las necesidades futuras del sistema de la Seguridad Social en materia de prestaciones contributivas, en la forma y condiciones previstas en la presente ley.

Artículo 118 Dotación del Fondo

1. Los excedentes de ingresos que financian las prestaciones de carácter contributivo y demás gastos necesarios para su gestión que, en su caso, resulten de la consignación presupuestaria de cada ejercicio o de la liquidación presupuestaria del mismo se destinarán prioritaria y mayoritariamente, siempre que las posibilidades económicas y la situación financiera del sistema de Seguridad Social lo permitan, al Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 96.3, el excedente que resulte después de dotar la Reserva de Estabilización de Contingencias Comunes de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social se ingresará en el Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

Artículo 119 Determinación del excedente presupuestario

El excedente presupuestario será el correspondiente a las operaciones que financian prestaciones de carácter contributivo y demás gastos para su gestión del sistema de la Seguridad Social y, en concreto, en lo referente a las prestaciones contributivas, conforme a la delimitación establecida en el artículo 109.3.a), con exclusión del resultado obtenido por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.

El excedente presupuestario por gastos relativos a prestaciones de naturaleza contributiva del sistema de la Seguridad Social en cada ejercicio económico será el constituido por la diferencia entre los derechos y las obligaciones por los importes reconocidos netos por operaciones no financieras, correspondientes a las Entidades Gestoras y Tesorería General de la Seguridad Social, corregida con arreglo a criterios de máxima prudencia, en la forma que reglamentariamente se establezca, respetando los principios y normas de contabilidad establecidos en el Plan General de Contabilidad Pública.

Artículo 120 Acuerdo para la dotación del Fondo y su materialización

1. Las dotaciones efectivas y materializaciones del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, siempre que las posibilidades económicas y la situación financiera del sistema lo permitan, serán las acordadas, al menos una vez en cada ejercicio económico, por el Consejo de Ministros, a propuesta conjunta de las personas titulares de los Ministerios de Empleo y Seguridad Social, de Hacienda y Administraciones Públicas y de Economía y Competitividad.

2. Los rendimientos de cualquier naturaleza que generen la cuenta del Fondo de Reserva y los activos financieros en que se hayan materializado las dotaciones del Fondo de Reserva se integrarán automáticamente en las dotaciones del fondo.

Artículo 121 Disposición de activos del Fondo

La disposición de los activos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social se destinará con carácter exclusivo a la financiación de las pensiones de carácter contributivo y demás gastos necesarios para su gestión, y solo será posible en situaciones estructurales de déficit por operaciones no financieras del sistema de la Seguridad Social, no pudiendo exceder en cada año del tres por ciento de la suma de ambos conceptos y precisará de autorización previa del Consejo de Ministros, a propuesta conjunta de los titulares de los Ministerios de Empleo y Seguridad Social, de Hacienda y Administraciones Públicas y de Economía y Competitividad.

Artículo 122 Gestión financiera del Fondo

Los valores en que se materialice el Fondo de Reserva serán títulos emitidos por personas jurídicas públicas.

Reglamentariamente se determinarán los valores que han de constituir la cartera del Fondo de Reserva, grados de liquidez de la misma, supuestos de enajenación de los activos financieros que lo integran y demás actos de gestión financiera del Fondo de Reserva.

Artículo 123 Comité de Gestión del Fondo de Reserva de la Seguridad Social

1. Al Comité de Gestión del Fondo de Reserva de la Seguridad Social le corresponde el superior asesoramiento, control y ordenación de la gestión económica del Fondo de Reserva.

2. Dicho comité estará presidido por el Secretario de Estado de la Seguridad Social y se compondrá, además, de:

a) Un vicepresidente primero, que será el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa.
b) Un vicepresidente segundo, que será el Secretario de Estado de Presupuestos y Gastos.
c) El Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social.
d) El Director General del Tesoro.
e) El Interventor General de la Seguridad Social.
f) El Subdirector General de Ordenación de Pagos y Gestión del Fondo de Reserva de la Tesorería General de la Seguridad Social, que ejercerá las funciones de secretario de la comisión, sin voz ni voto.

3. Las funciones de este comité serán las de formular propuestas de ordenación, asesoramiento, selección de valores que han de constituir la cartera del fondo, enajenación de activos financieros que lo integren y demás actuaciones que los mercados financieros aconsejen y el control superior de la gestión del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, así como elaborar el informe a presentar a las Cortes Generales sobre la evolución de dicho Fondo.

Artículo 124 Comisión Asesora de Inversiones del Fondo de Reserva de la Seguridad Social

1. La Comisión Asesora de Inversiones del Fondo de Reserva de la Seguridad Social tendrá como función asesorar al Comité de Gestión del Fondo de Reserva de la Seguridad Social en orden a la selección de los valores que han de constituir la cartera del Fondo, formulación de propuestas de adquisición de activos y de enajenación de los mismos y demás actuaciones financieras del Fondo.

2. Esta comisión estará presidida por el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa y estará compuesta, además, por:

a) El Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social.
b) El Director General del Tesoro.
c) El Director General de Política Económica.
d) El Interventor General de la Seguridad Social.
e) El Subdirector General de Ordenación de Pagos y Gestión del Fondo de Reserva de la Tesorería General de la Seguridad Social, que ejercerá las funciones de secretario de la comisión, con voz pero sin voto.

Artículo 125 Comisión de Seguimiento del Fondo de Reserva de la Seguridad Social

1. El conocimiento de la evolución del Fondo de Reserva de la Seguridad Social corresponderá a la Comisión de Seguimiento del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

2. Esta Comisión de Seguimiento estará presidida por el Secretario de Estado de la Seguridad Social o persona que el mismo designe y se compondrá, además, de:

a) Tres representantes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, designados por el Secretario de Estado de la Seguridad Social.
b) Un representante del Ministerio de Economía y Competitividad.
c) Un representante del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
d) Cuatro representantes de las distintas organizaciones sindicales de mayor implantación.
e) Cuatro representantes de las organizaciones empresariales de mayor implantación.
f) El Subdirector General de Ordenación de Pagos y Gestión del Fondo de Reserva de la Tesorería General de la Seguridad Social actuará como secretario de la comisión, sin voz ni voto.

3. La Comisión de Seguimiento conocerá semestralmente de la evolución y composición del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, para lo cual el Comité de Gestión, la Comisión Asesora de Inversiones y la Tesorería General de la Seguridad Social facilitarán información sobre tales extremos con carácter previo a las reuniones que mantenga dicha comisión.

Artículo 126 Carácter de las operaciones de gestión e imputación presupuestaria

Las materializaciones, inversiones, reinversiones, desinversiones y demás operaciones de adquisición, disposición y gestión de los activos financieros del Fondo de Reserva de la Seguridad Social correspondientes a cada ejercicio tendrán carácter extrapresupuestario y se imputarán definitivamente, al último día hábil del mismo, al presupuesto de la Tesorería General de la Seguridad Social, conforme a la situación patrimonial del Fondo en dicha fecha, a cuyo efecto serán objeto de adecuación los créditos presupuestarios.

Artículo 127 Informe anual

El Gobierno presentará a las Cortes Generales un informe anual sobre la evolución y composición del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

Dicho informe será remitido por el Gobierno a las Cortes Generales a través de su Oficina Presupuestaria que lo pondrá a disposición de los Diputados, Senadores y las Comisiones parlamentarias.
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Bonder
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Re: El Gobierno, obligado a pedir un crédito urgente de 10.000 millones para pagar a los pensionistas

por Bonder » 22 Sep 2017, 00:15

Toca el bajo.

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