Sobre los ERTE y ERE
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roloj
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Re: Sobre los ERTE y ERE

por roloj » 30 Mar 2020, 22:44

alber_industrial escribió:Una duda, mi suegro es autónomo y tiene a dos trabajadores para el transporte de material eléctrico. En el mes de marzo no tiene una reducción de 75℅ pero no tiene trabajo para casi ni para el. Que tiene que seguir pagando a los trabajadores sin que trabajen?
Entiendo que quieres decir que no tiene reducción de las cotizaciones de los trabajadores del 75% por tenerles en un ERTE o ¿a qué te refieres en concreto?
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Iñigo
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Re: Sobre los ERTE y ERE

por Iñigo » 30 Mar 2020, 22:58

roloj escribió:
Iñigo escribió:Bueno, ya nos han notificado el ERTE. En principio se aplica con efecto el 1 de abril, y el período de duración es indefinido (porque el Ministerio no especifica cuándo se reanudará el contrato). No sé si se puede informar de que te meten en un ERTE sine die, o están obligados a darte un plazo.
El ERTE tiene que tener fecha de finalización
Bueno, no me he explicado del todo bien. El Director General me ha comentado que el Ministerio ha notificado una suspensión de cuatro meses, pero que al no saber cómo estaremos entonces, más bien es un plazo al tun-tun. De ahí que él haya dicho lo de ERTE sine die, pero entiendo que ha comentado eso porque no se encarga él de estos asuntos y seguramente ni sepa que debe haber un plazo definido. En cualquier caso, mañana nos notificarán las condiciones. Más allá de todo eso, me da miedo que no se reactive el contrato ni entonces ni nunca.

alber_industrial
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Re: Sobre los ERTE y ERE

por alber_industrial » 31 Mar 2020, 00:24

roloj escribió:
alber_industrial escribió:Una duda, mi suegro es autónomo y tiene a dos trabajadores para el transporte de material eléctrico. En el mes de marzo no tiene una reducción de 75℅ pero no tiene trabajo para casi ni para el. Que tiene que seguir pagando a los trabajadores sin que trabajen?
Entiendo que quieres decir que no tiene reducción de las cotizaciones de los trabajadores del 75% por tenerles en un ERTE o ¿a qué te refieres en concreto?
Me refiero que para que un autónomo se acoja al ERTE tiene que ver reducida su facturación un 75% con respecto a la media de los 6 últimos meses y eso en el mes de marzo no ha sido tanto, pero ahora tiene muy poco trabajo. Que hace con sus trabajadores? Pagarles sin trabajar?

roloj
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Re: Sobre los ERTE y ERE

por roloj » 31 Mar 2020, 09:38

alber_industrial escribió:
roloj escribió:
alber_industrial escribió:Una duda, mi suegro es autónomo y tiene a dos trabajadores para el transporte de material eléctrico. En el mes de marzo no tiene una reducción de 75℅ pero no tiene trabajo para casi ni para el. Que tiene que seguir pagando a los trabajadores sin que trabajen?
Entiendo que quieres decir que no tiene reducción de las cotizaciones de los trabajadores del 75% por tenerles en un ERTE o ¿a qué te refieres en concreto?
Me refiero que para que un autónomo se acoja al ERTE tiene que ver reducida su facturación un 75% con respecto a la media de los 6 últimos meses y eso en el mes de marzo no ha sido tanto, pero ahora tiene muy poco trabajo. Que hace con sus trabajadores? Pagarles sin trabajar?
Pues tendrá que seguir pagando mientras pueda claro. Hay varias comunidades que además de las ayudas a autónomos del gobierno central, tienen sus propias ayudas y quizás puede acogerse a algunas de esas medidas, y si puede aguantar un poco más parece que habrá nuevas medidas:
https://elpais.com/economia/2020-03-30/ ... ?ssm=TW_CM
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Hay_sinla
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Re: Sobre los ERTE y ERE

por Hay_sinla » 31 Mar 2020, 10:06

La Inspección de Trabajo contará con la colaboración de Hacienda y la policía para revisar los ERTE

El Real Decreto-Ley establece la colaboración entre instituciones. La Ley permite revisar durante cuatro años las razones alegadas

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Aeat) y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, llevará a cabo la comprobación de la existencia de las causas alegadas en las solicitudes y comunicaciones de expedientes temporales de regulación de empleo por el Covid-19.

https://www.eleconomista.es/economia/no ... -Erte.html
Ya va tomando el camino su arambol.
Somos Gary Cooper y Sara Montiel

Hay_sinla
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Re: Sobre los ERTE y ERE

por Hay_sinla » 02 Abr 2020, 12:31

Esta mañana en la rueda de prensa de más de noventa minutos que han dado la ministra de Trabajo y el ministro de Seguridad Social se ha visto claramente en las preguntas lo muy de nuevas que nos pilla a todos todo esto.
Ya va tomando el camino su arambol.
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roloj
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Re: Sobre los ERTE y ERE

por roloj » 03 Abr 2020, 08:49

Jorgemubedc escribió:
roloj escribió:Lo primero, contratad a un ABOGADO LABORALISTA.

La empresa puede ir dando de alta y de baja a los trabajadores durante un ERTE pero el calendario tiene que estar hecho en el momento que se aprueba el ERTE. Probablemente vuestra empresa sabe que va a haber épocas que va a tener trabajo, pero no sabe cuándo y por eso dice que os irá llamando. Eso en principio no lo puede hacer. Si quiere hacer eso negociad que os de otra cosa a cambio, complemento salarial, etc...
Y normalmente ya os digo que siempre es mejor trabajar alguna semana entera y no dias sueltos, por tema de genreación de vacaiones, días en paro, etc.. Pero insisto, pillad algún abogado para esto del ERTE que os va a salir mejor y es dinero que no perdéis luego por otro lado
Completamente de acuerdo y todo lo que dices es lo que habíamos interpretado y lo que teníamos pensado pedir. Estamos contactando ya con alguna asesoría.

Gracias, y también a Íñigo.

Saludos.
¿Cómo ha quedado el tema al final, compañero?
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Jorgemubedc
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Re: Sobre los ERTE y ERE

por Jorgemubedc » 03 Abr 2020, 09:29

roloj escribió:¿Cómo ha quedado el tema al final, compañero?
Gracias por preguntar.

Hablamos con algunos abogados, algunos de forma más formal y otros más informal, y en general trasladaban sus dudas con respecto a la posibilidad de que el empleador dé altas y bajas durante el ERTE. En la conversación más formal nos dijeron que "poder, puede", pero que el proceso de volver a apuntarte al paro no era tan inmediato. La verdad es que eso personalmente me desmotivó un poco, y cuando una compañera me contó que conocía un caso de ERTE anterior a esto en el que se estaba haciendo exactamente así, con altas y bajas, ya llegué a la conclusión de que sí se podría hacer, muy a nuestro pesar.

Lo único que intentamos entonces fue conseguir acuerdos de períodos de contratación mínimos (semanas naturales enteras), preavisos tanto de contratación como de suspensión y algún detalle más, conseguidos todos ellos. Tampoco teníamos fuerza para mucho más siendo una PYME, pero aun así me quedo con mal sabor de boca.

Muchas gracias en serio por tu colaboración.

Un saludo.
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J_Bo escribió: Tenemos mucho que aprender de Niger.
XAVIH escribió: Un buen arbitro el REGLAMENTO se lo pasa por el forro de los cojones.

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Re: Sobre los ERTE y ERE

por Unicaja THE BEST » 05 Abr 2020, 04:59

Iñigo escribió:
roloj escribió:
Iñigo escribió:Bueno, ya nos han notificado el ERTE. En principio se aplica con efecto el 1 de abril, y el período de duración es indefinido (porque el Ministerio no especifica cuándo se reanudará el contrato). No sé si se puede informar de que te meten en un ERTE sine die, o están obligados a darte un plazo.
El ERTE tiene que tener fecha de finalización
Bueno, no me he explicado del todo bien. El Director General me ha comentado que el Ministerio ha notificado una suspensión de cuatro meses, pero que al no saber cómo estaremos entonces, más bien es un plazo al tun-tun. De ahí que él haya dicho lo de ERTE sine die, pero entiendo que ha comentado eso porque no se encarga él de estos asuntos y seguramente ni sepa que debe haber un plazo definido. En cualquier caso, mañana nos notificarán las condiciones. Más allá de todo eso, me da miedo que no se reactive el contrato ni entonces ni nunca.
Los ERTEs actuales acaban con el estado de alarma o la fecha que le pusieran (en tu caso cuatro meses, en el mío seis, por ejemplo). Eso no impide, obviamente, que la empresa ejecute otro después.

Ahora mismo el problema es que los ERTEs de después del EA pasen a tener las condiciones de antes de todo esto, es decir, que consuman paro, algo que ahora mismo no ocurre.

Respecto a lo que veo que comentas en general, Iñigo, una vez se sale del ERTE (o en el caso de encadenar varios, tras el último), la empresa está obligada a mantener la plantilla durante seis meses, lo digo por lo que pongo en negrita.
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Iñigo
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Re: Sobre los ERTE y ERE

por Iñigo » 05 Abr 2020, 10:21

Unicaja THE BEST escribió:
Iñigo escribió:
roloj escribió: El ERTE tiene que tener fecha de finalización
Bueno, no me he explicado del todo bien. El Director General me ha comentado que el Ministerio ha notificado una suspensión de cuatro meses, pero que al no saber cómo estaremos entonces, más bien es un plazo al tun-tun. De ahí que él haya dicho lo de ERTE sine die, pero entiendo que ha comentado eso porque no se encarga él de estos asuntos y seguramente ni sepa que debe haber un plazo definido. En cualquier caso, mañana nos notificarán las condiciones. Más allá de todo eso, me da miedo que no se reactive el contrato ni entonces ni nunca.
Los ERTEs actuales acaban con el estado de alarma o la fecha que le pusieran (en tu caso cuatro meses, en el mío seis, por ejemplo). Eso no impide, obviamente, que la empresa ejecute otro después.

Ahora mismo el problema es que los ERTEs de después del EA pasen a tener las condiciones de antes de todo esto, es decir, que consuman paro, algo que ahora mismo no ocurre.

Respecto a lo que veo que comentas en general, Iñigo, una vez se sale del ERTE (o en el caso de encadenar varios, tras el último), la empresa está obligada a mantener la plantilla durante seis meses, lo digo por lo que pongo en negrita.
Buenas. Estamos todos en un ERTE vinculado al estado de alarma. Tiene pinta, de todos modos, que luego enlazaremos con un ERTE asociado a aspectos económicos, aunque no sé yo si la empresa puede apelar a esto, dado que tiene bastante "músculo financiero". Ahora bien, si el proyecto en el que estamos inmersos se paraliza durante meses, ¿podría meternos en un ERTE particularizado? Ésa es la cuestión. Supongo que al ser el propio Gobierno el que suspende temporalmente el contrato, permitirán cualquier argucia legal para no contradecirse. Es decir, paraliza el Gobierno un proyecto en el que están incluidas varias empresas, y después ¿no vas a permitir que esas empresas metan a la gente de ese proyecto en un ERTE? Sería ilógico y se pegarían un tiro en el pie, aunque no es eso todo. Más allá de la duración del ERTE, lo que no es de recibo, y tiene pinta de ello, es que nuestra empresa no complemente el dinero que te corresponde en ERTE con algún tipo de extra. O sea, hay ya confirmación de que el proyecto se reactivará, no sé si en agosto, en octubre o en noviembre, pero lo hará en 2020 (yo tengo contacto directo con dos jefazos que trabajan para el ministerio, y el problema radica en la emisión de facturas en 2020, pero con pago a 120 días vista podríamos retomar las actividades en agosto), y el "know-how" que tenemos adquirido para desempeñar las funciones que venimos realizando los últimos años requiere que seamos nosotros, y no otra gente, quienes desarrollemos las tareas asociadas al puesto de trabajo. ¿La empresa va a esperar sentada a que te las arregles con 1000 euros mensuales durante un período indefinido, encima dando gracias porque a tus compañeros de obra los han echado a la calle y tú eres un privilegiado? Compañeros míos de proyectos ya han anunciado que, en caso de no tener complemento salarial de ningún tipo, se buscarán otra cosa, y si tienen suerte y encuentran otro curro, cuando vuelva la empresa a pedir que te reincorpores (pedirá más bien el cliente que seamos nosotros, con nombre y apellido), entonces hablarán de nuevas condiciones económicas. A mí me parece que la empresa debería realizar un gesto que no tiene pinta de que vaya a realizar, más que nada porque aparte de haber ganado mucho dinero con este contrato, y con nosotros en particular, no ha pensado en la fuga de personas. Y en ese caso, lo va a pagar caro.

amc81granada
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Re: Sobre los ERTE y ERE

por amc81granada » 05 Abr 2020, 11:48

Iñigo escribió:
Unicaja THE BEST escribió:
Iñigo escribió:
Bueno, no me he explicado del todo bien. El Director General me ha comentado que el Ministerio ha notificado una suspensión de cuatro meses, pero que al no saber cómo estaremos entonces, más bien es un plazo al tun-tun. De ahí que él haya dicho lo de ERTE sine die, pero entiendo que ha comentado eso porque no se encarga él de estos asuntos y seguramente ni sepa que debe haber un plazo definido. En cualquier caso, mañana nos notificarán las condiciones. Más allá de todo eso, me da miedo que no se reactive el contrato ni entonces ni nunca.
Los ERTEs actuales acaban con el estado de alarma o la fecha que le pusieran (en tu caso cuatro meses, en el mío seis, por ejemplo). Eso no impide, obviamente, que la empresa ejecute otro después.

Ahora mismo el problema es que los ERTEs de después del EA pasen a tener las condiciones de antes de todo esto, es decir, que consuman paro, algo que ahora mismo no ocurre.

Respecto a lo que veo que comentas en general, Iñigo, una vez se sale del ERTE (o en el caso de encadenar varios, tras el último), la empresa está obligada a mantener la plantilla durante seis meses, lo digo por lo que pongo en negrita.
Buenas. Estamos todos en un ERTE vinculado al estado de alarma. Tiene pinta, de todos modos, que luego enlazaremos con un ERTE asociado a aspectos económicos, aunque no sé yo si la empresa puede apelar a esto, dado que tiene bastante "músculo financiero". Ahora bien, si el proyecto en el que estamos inmersos se paraliza durante meses, ¿podría meternos en un ERTE particularizado? Ésa es la cuestión. Supongo que al ser el propio Gobierno el que suspende temporalmente el contrato, permitirán cualquier argucia legal para no contradecirse. Es decir, paraliza el Gobierno un proyecto en el que están incluidas varias empresas, y después ¿no vas a permitir que esas empresas metan a la gente de ese proyecto en un ERTE? Sería ilógico y se pegarían un tiro en el pie, aunque no es eso todo. Más allá de la duración del ERTE, lo que no es de recibo, y tiene pinta de ello, es que nuestra empresa no complemente el dinero que te corresponde en ERTE con algún tipo de extra. O sea, hay ya confirmación de que el proyecto se reactivará, no sé si en agosto, en octubre o en noviembre, pero lo hará en 2020 (yo tengo contacto directo con dos jefazos que trabajan para el ministerio, y el problema radica en la emisión de facturas en 2020, pero con pago a 120 días vista podríamos retomar las actividades en agosto), y el "know-how" que tenemos adquirido para desempeñar las funciones que venimos realizando los últimos años requiere que seamos nosotros, y no otra gente, quienes desarrollemos las tareas asociadas al puesto de trabajo. ¿La empresa va a esperar sentada a que te las arregles con 1000 euros mensuales durante un período indefinido, encima dando gracias porque a tus compañeros de obra los han echado a la calle y tú eres un privilegiado? Compañeros míos de proyectos ya han anunciado que, en caso de no tener complemento salarial de ningún tipo, se buscarán otra cosa, y si tienen suerte y encuentran otro curro, cuando vuelva la empresa a pedir que te reincorpores (pedirá más bien el cliente que seamos nosotros, con nombre y apellido), entonces hablarán de nuevas condiciones económicas. A mí me parece que la empresa debería realizar un gesto que no tiene pinta de que vaya a realizar, más que nada porque aparte de haber ganado mucho dinero con este contrato, y con nosotros en particular, no ha pensado en la fuga de personas. Y en ese caso, lo va a pagar caro.
Lo del complemento salarial, por desgracia, es complicado de afinar en un ERTE. Más que nada porque hay gente de todas las escalas salariales y normalmente se tiende a lo que hace empleo, que es homogeneizar. Si la máxima prestación es 1.400 € (si tienes dos o más hijos) y 1.096 si no tienes hijos, a eso se remiten. En mi primer ERTE (yo ya soy repetidor), a lo que se comprometían, era, a que aquellos a los que cuando le bajase el % de la base (que creo que es a los 6 meses), cobrasen menos de 1.000 euros, les darían un complemento de 200 euros, pero en aquel caso, el ERTE era de 24 meses, de los que podrías estar en el paro 18. Terminó en extinción de contrato y no pusieron pegas para los que mientras conseguimos encontrar trabajo, pero así fue. Y ahora, si además ha sido por fuerza mayor, que apenas se negocia, tienes que tener un poder negociador brutal para meter la cláusula de complemento.

A raíz, de eso, ayer la ministra del ramo, desbarró cuando equiparó un ERTE a la prestación por maternidad o paternidad. Aparte de otros aspectos formales laborales, solo en el tema económico, en el segundo caso, vas con el 100% de la base, y ahora incluso sin retención del IRPF, mientras que en este caso, cualquier técnico, pierde cerca de la mitad de su salario (hay que ver también que cobras a 12 pagas y no a 14). Incluso un oficial de obra, por poner otro ejemplo, pierde casi un 30% de su sueldo mientras estás en el ERTE, por lo que, igual igual, quizás no es. Sino, que se aplique un ERTE al Congreso o al Gobierno y verá que su nómina no suena igual.

Saludos

roloj
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Re: Sobre los ERTE y ERE

por roloj » 05 Abr 2020, 11:58

amc81granada escribió: A raíz, de eso, ayer la ministra del ramo, desbarró cuando equiparó un ERTE a la prestación por maternidad o paternidad. Aparte de otros aspectos formales laborales, solo en el tema económico, en el segundo caso, vas con el 100% de la base, y ahora incluso sin retención del IRPF, mientras que en este caso, cualquier técnico, pierde cerca de la mitad de su salario (hay que ver también que cobras a 12 pagas y no a 14). Incluso un oficial de obra, por poner otro ejemplo, pierde casi un 30% de su sueldo mientras estás en el ERTE, por lo que, igual igual, quizás no es. Sino, que se aplique un ERTE al Congreso o al Gobierno y verá que su nómina no suena igual.

Saludos
Hay que decir que sólo los comparó cuando le preguntaron de nuevo (fue en una entrevista en Catalunya Radio) porque los afectados en un Erte no constan como parados
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amc81granada
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Re: Sobre los ERTE y ERE

por amc81granada » 05 Abr 2020, 12:06

roloj escribió:
amc81granada escribió: A raíz, de eso, ayer la ministra del ramo, desbarró cuando equiparó un ERTE a la prestación por maternidad o paternidad. Aparte de otros aspectos formales laborales, solo en el tema económico, en el segundo caso, vas con el 100% de la base, y ahora incluso sin retención del IRPF, mientras que en este caso, cualquier técnico, pierde cerca de la mitad de su salario (hay que ver también que cobras a 12 pagas y no a 14). Incluso un oficial de obra, por poner otro ejemplo, pierde casi un 30% de su sueldo mientras estás en el ERTE, por lo que, igual igual, quizás no es. Sino, que se aplique un ERTE al Congreso o al Gobierno y verá que su nómina no suena igual.

Saludos
Hay que decir que sólo los comparó cuando le preguntaron de nuevo (fue en una entrevista en Catalunya Radio) porque los afectados en un Erte no constan como parados
Aún así, creo que es una muy mala comparación.

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Iñigo
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Re: Sobre los ERTE y ERE

por Iñigo » 05 Abr 2020, 13:01

amc81granada escribió:
Iñigo escribió:
Unicaja THE BEST escribió: Los ERTEs actuales acaban con el estado de alarma o la fecha que le pusieran (en tu caso cuatro meses, en el mío seis, por ejemplo). Eso no impide, obviamente, que la empresa ejecute otro después.

Ahora mismo el problema es que los ERTEs de después del EA pasen a tener las condiciones de antes de todo esto, es decir, que consuman paro, algo que ahora mismo no ocurre.

Respecto a lo que veo que comentas en general, Iñigo, una vez se sale del ERTE (o en el caso de encadenar varios, tras el último), la empresa está obligada a mantener la plantilla durante seis meses, lo digo por lo que pongo en negrita.
Buenas. Estamos todos en un ERTE vinculado al estado de alarma. Tiene pinta, de todos modos, que luego enlazaremos con un ERTE asociado a aspectos económicos, aunque no sé yo si la empresa puede apelar a esto, dado que tiene bastante "músculo financiero". Ahora bien, si el proyecto en el que estamos inmersos se paraliza durante meses, ¿podría meternos en un ERTE particularizado? Ésa es la cuestión. Supongo que al ser el propio Gobierno el que suspende temporalmente el contrato, permitirán cualquier argucia legal para no contradecirse. Es decir, paraliza el Gobierno un proyecto en el que están incluidas varias empresas, y después ¿no vas a permitir que esas empresas metan a la gente de ese proyecto en un ERTE? Sería ilógico y se pegarían un tiro en el pie, aunque no es eso todo. Más allá de la duración del ERTE, lo que no es de recibo, y tiene pinta de ello, es que nuestra empresa no complemente el dinero que te corresponde en ERTE con algún tipo de extra. O sea, hay ya confirmación de que el proyecto se reactivará, no sé si en agosto, en octubre o en noviembre, pero lo hará en 2020 (yo tengo contacto directo con dos jefazos que trabajan para el ministerio, y el problema radica en la emisión de facturas en 2020, pero con pago a 120 días vista podríamos retomar las actividades en agosto), y el "know-how" que tenemos adquirido para desempeñar las funciones que venimos realizando los últimos años requiere que seamos nosotros, y no otra gente, quienes desarrollemos las tareas asociadas al puesto de trabajo. ¿La empresa va a esperar sentada a que te las arregles con 1000 euros mensuales durante un período indefinido, encima dando gracias porque a tus compañeros de obra los han echado a la calle y tú eres un privilegiado? Compañeros míos de proyectos ya han anunciado que, en caso de no tener complemento salarial de ningún tipo, se buscarán otra cosa, y si tienen suerte y encuentran otro curro, cuando vuelva la empresa a pedir que te reincorpores (pedirá más bien el cliente que seamos nosotros, con nombre y apellido), entonces hablarán de nuevas condiciones económicas. A mí me parece que la empresa debería realizar un gesto que no tiene pinta de que vaya a realizar, más que nada porque aparte de haber ganado mucho dinero con este contrato, y con nosotros en particular, no ha pensado en la fuga de personas. Y en ese caso, lo va a pagar caro.
Lo del complemento salarial, por desgracia, es complicado de afinar en un ERTE. Más que nada porque hay gente de todas las escalas salariales y normalmente se tiende a lo que hace empleo, que es homogeneizar. Si la máxima prestación es 1.400 € (si tienes dos o más hijos) y 1.096 si no tienes hijos, a eso se remiten. En mi primer ERTE (yo ya soy repetidor), a lo que se comprometían, era, a que aquellos a los que cuando le bajase el % de la base (que creo que es a los 6 meses), cobrasen menos de 1.000 euros, les darían un complemento de 200 euros, pero en aquel caso, el ERTE era de 24 meses, de los que podrías estar en el paro 18. Terminó en extinción de contrato y no pusieron pegas para los que mientras conseguimos encontrar trabajo, pero así fue. Y ahora, si además ha sido por fuerza mayor, que apenas se negocia, tienes que tener un poder negociador brutal para meter la cláusula de complemento.

A raíz, de eso, ayer la ministra del ramo, desbarró cuando equiparó un ERTE a la prestación por maternidad o paternidad. Aparte de otros aspectos formales laborales, solo en el tema económico, en el segundo caso, vas con el 100% de la base, y ahora incluso sin retención del IRPF, mientras que en este caso, cualquier técnico, pierde cerca de la mitad de su salario (hay que ver también que cobras a 12 pagas y no a 14). Incluso un oficial de obra, por poner otro ejemplo, pierde casi un 30% de su sueldo mientras estás en el ERTE, por lo que, igual igual, quizás no es. Sino, que se aplique un ERTE al Congreso o al Gobierno y verá que su nómina no suena igual.

Saludos
Estamos en UTE y la otra "pata" ha complementado a sus trabajadores (los de proyectos) con un 30% del salario, justificado en el sentido de que les hacen reducción de jornada del 70%, con una jornada de 09:00 h a 11:30 h. No sé qué tareas les darán, aunque tiene pinta de que a lo mejor ni siquiera les hacen trabajar, y simplemente es una forma de pedir fidelidad. Esto a mí me provoca un sentimiento encontrado. Por un lado, me tranquiliza el hecho de que al menos el contrato se va a reanudar tarde o temprano (aunque es algo que es obvio, dado que los trabajos que llevábamos a cabo, alguien los tiene que hacer y no tiene sentido cancelar un contrato para volver a licitar y contratar a otras empresas para hacer lo mismo); por otro lado, no puedo sino estar bastante contrariado por el agravio comparativo entre empresas.

Por otro lado, he leído que el ERTE vinculado al estado de alarma no garantiza más que un máximo de 1098 €, independientemente de los hijos que tengas; otra cosa es otro tipo de ERTE, que ya irías a mil doscientos y pico si tienes un hijo, y más de mil cuatrocientos si tienes dos o más. Y sí, cobramos a 12 pagas, con todo lo que eso supone, y con sueldos mayores lo que pierdes es superior a la mitad de tu salario, por la existencia de un límite. Es decir, si cobras 3000 € y te meten en un ERTE, pierdes cerca de 2000 €, y cobras en esa situación lo mismo que otro compañero que cobre 1500 €, que solamente perdería unos 500 €.

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Re: Sobre los ERTE y ERE

por amc81granada » 05 Abr 2020, 13:16

Iñigo escribió:
amc81granada escribió:
Iñigo escribió:
Buenas. Estamos todos en un ERTE vinculado al estado de alarma. Tiene pinta, de todos modos, que luego enlazaremos con un ERTE asociado a aspectos económicos, aunque no sé yo si la empresa puede apelar a esto, dado que tiene bastante "músculo financiero". Ahora bien, si el proyecto en el que estamos inmersos se paraliza durante meses, ¿podría meternos en un ERTE particularizado? Ésa es la cuestión. Supongo que al ser el propio Gobierno el que suspende temporalmente el contrato, permitirán cualquier argucia legal para no contradecirse. Es decir, paraliza el Gobierno un proyecto en el que están incluidas varias empresas, y después ¿no vas a permitir que esas empresas metan a la gente de ese proyecto en un ERTE? Sería ilógico y se pegarían un tiro en el pie, aunque no es eso todo. Más allá de la duración del ERTE, lo que no es de recibo, y tiene pinta de ello, es que nuestra empresa no complemente el dinero que te corresponde en ERTE con algún tipo de extra. O sea, hay ya confirmación de que el proyecto se reactivará, no sé si en agosto, en octubre o en noviembre, pero lo hará en 2020 (yo tengo contacto directo con dos jefazos que trabajan para el ministerio, y el problema radica en la emisión de facturas en 2020, pero con pago a 120 días vista podríamos retomar las actividades en agosto), y el "know-how" que tenemos adquirido para desempeñar las funciones que venimos realizando los últimos años requiere que seamos nosotros, y no otra gente, quienes desarrollemos las tareas asociadas al puesto de trabajo. ¿La empresa va a esperar sentada a que te las arregles con 1000 euros mensuales durante un período indefinido, encima dando gracias porque a tus compañeros de obra los han echado a la calle y tú eres un privilegiado? Compañeros míos de proyectos ya han anunciado que, en caso de no tener complemento salarial de ningún tipo, se buscarán otra cosa, y si tienen suerte y encuentran otro curro, cuando vuelva la empresa a pedir que te reincorpores (pedirá más bien el cliente que seamos nosotros, con nombre y apellido), entonces hablarán de nuevas condiciones económicas. A mí me parece que la empresa debería realizar un gesto que no tiene pinta de que vaya a realizar, más que nada porque aparte de haber ganado mucho dinero con este contrato, y con nosotros en particular, no ha pensado en la fuga de personas. Y en ese caso, lo va a pagar caro.
Lo del complemento salarial, por desgracia, es complicado de afinar en un ERTE. Más que nada porque hay gente de todas las escalas salariales y normalmente se tiende a lo que hace empleo, que es homogeneizar. Si la máxima prestación es 1.400 € (si tienes dos o más hijos) y 1.096 si no tienes hijos, a eso se remiten. En mi primer ERTE (yo ya soy repetidor), a lo que se comprometían, era, a que aquellos a los que cuando le bajase el % de la base (que creo que es a los 6 meses), cobrasen menos de 1.000 euros, les darían un complemento de 200 euros, pero en aquel caso, el ERTE era de 24 meses, de los que podrías estar en el paro 18. Terminó en extinción de contrato y no pusieron pegas para los que mientras conseguimos encontrar trabajo, pero así fue. Y ahora, si además ha sido por fuerza mayor, que apenas se negocia, tienes que tener un poder negociador brutal para meter la cláusula de complemento.

A raíz, de eso, ayer la ministra del ramo, desbarró cuando equiparó un ERTE a la prestación por maternidad o paternidad. Aparte de otros aspectos formales laborales, solo en el tema económico, en el segundo caso, vas con el 100% de la base, y ahora incluso sin retención del IRPF, mientras que en este caso, cualquier técnico, pierde cerca de la mitad de su salario (hay que ver también que cobras a 12 pagas y no a 14). Incluso un oficial de obra, por poner otro ejemplo, pierde casi un 30% de su sueldo mientras estás en el ERTE, por lo que, igual igual, quizás no es. Sino, que se aplique un ERTE al Congreso o al Gobierno y verá que su nómina no suena igual.

Saludos
Estamos en UTE y la otra "pata" ha complementado a sus trabajadores (los de proyectos) con un 30% del salario, justificado en el sentido de que les hacen reducción de jornada del 70%, con una jornada de 09:00 h a 11:30 h. No sé qué tareas les darán, aunque tiene pinta de que a lo mejor ni siquiera les hacen trabajar, y simplemente es una forma de pedir fidelidad. Esto a mí me provoca un sentimiento encontrado. Por un lado, me tranquiliza el hecho de que al menos el contrato se va a reanudar tarde o temprano (aunque es algo que es obvio, dado que los trabajos que llevábamos a cabo, alguien los tiene que hacer y no tiene sentido cancelar un contrato para volver a licitar y contratar a otras empresas para hacer lo mismo); por otro lado, no puedo sino estar bastante contrariado por el agravio comparativo entre empresas.

Por otro lado, he leído que el ERTE vinculado al estado de alarma no garantiza más que un máximo de 1098 €, independientemente de los hijos que tengas; otra cosa es otro tipo de ERTE, que ya irías a mil doscientos y pico si tienes un hijo, y más de mil cuatrocientos si tienes dos o más. Y sí, cobramos a 12 pagas, con todo lo que eso supone, y con sueldos mayores lo que pierdes es superior a la mitad de tu salario, por la existencia de un límite. Es decir, si cobras 3000 € y te meten en un ERTE, pierdes cerca de 2000 €, y cobras en esa situación lo mismo que otro compañero que cobre 1500 €, que solamente perdería unos 500 €.
Lo que dijeron era que para agilizar el procedimiento, iban a pagar a todos 1.098, y a partir de ahí, los que tengamos hijos, que lo pidamos posteriormente para que nos lo complementen. Es hacer más trabajo, pero en más tiempo, y aprovechar que no todos lo pedirán. Si no tienes hijos te quedas con los 1098, con un hijo es 1254 y con dos o más, es algo más de 1400

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Re: Sobre los ERTE y ERE

por Iñigo » 09 Abr 2020, 11:00

amc81granada escribió:
Iñigo escribió:
amc81granada escribió:
Lo del complemento salarial, por desgracia, es complicado de afinar en un ERTE. Más que nada porque hay gente de todas las escalas salariales y normalmente se tiende a lo que hace empleo, que es homogeneizar. Si la máxima prestación es 1.400 € (si tienes dos o más hijos) y 1.096 si no tienes hijos, a eso se remiten. En mi primer ERTE (yo ya soy repetidor), a lo que se comprometían, era, a que aquellos a los que cuando le bajase el % de la base (que creo que es a los 6 meses), cobrasen menos de 1.000 euros, les darían un complemento de 200 euros, pero en aquel caso, el ERTE era de 24 meses, de los que podrías estar en el paro 18. Terminó en extinción de contrato y no pusieron pegas para los que mientras conseguimos encontrar trabajo, pero así fue. Y ahora, si además ha sido por fuerza mayor, que apenas se negocia, tienes que tener un poder negociador brutal para meter la cláusula de complemento.

A raíz, de eso, ayer la ministra del ramo, desbarró cuando equiparó un ERTE a la prestación por maternidad o paternidad. Aparte de otros aspectos formales laborales, solo en el tema económico, en el segundo caso, vas con el 100% de la base, y ahora incluso sin retención del IRPF, mientras que en este caso, cualquier técnico, pierde cerca de la mitad de su salario (hay que ver también que cobras a 12 pagas y no a 14). Incluso un oficial de obra, por poner otro ejemplo, pierde casi un 30% de su sueldo mientras estás en el ERTE, por lo que, igual igual, quizás no es. Sino, que se aplique un ERTE al Congreso o al Gobierno y verá que su nómina no suena igual.

Saludos
Estamos en UTE y la otra "pata" ha complementado a sus trabajadores (los de proyectos) con un 30% del salario, justificado en el sentido de que les hacen reducción de jornada del 70%, con una jornada de 09:00 h a 11:30 h. No sé qué tareas les darán, aunque tiene pinta de que a lo mejor ni siquiera les hacen trabajar, y simplemente es una forma de pedir fidelidad. Esto a mí me provoca un sentimiento encontrado. Por un lado, me tranquiliza el hecho de que al menos el contrato se va a reanudar tarde o temprano (aunque es algo que es obvio, dado que los trabajos que llevábamos a cabo, alguien los tiene que hacer y no tiene sentido cancelar un contrato para volver a licitar y contratar a otras empresas para hacer lo mismo); por otro lado, no puedo sino estar bastante contrariado por el agravio comparativo entre empresas.

Por otro lado, he leído que el ERTE vinculado al estado de alarma no garantiza más que un máximo de 1098 €, independientemente de los hijos que tengas; otra cosa es otro tipo de ERTE, que ya irías a mil doscientos y pico si tienes un hijo, y más de mil cuatrocientos si tienes dos o más. Y sí, cobramos a 12 pagas, con todo lo que eso supone, y con sueldos mayores lo que pierdes es superior a la mitad de tu salario, por la existencia de un límite. Es decir, si cobras 3000 € y te meten en un ERTE, pierdes cerca de 2000 €, y cobras en esa situación lo mismo que otro compañero que cobre 1500 €, que solamente perdería unos 500 €.
Lo que dijeron era que para agilizar el procedimiento, iban a pagar a todos 1.098, y a partir de ahí, los que tengamos hijos, que lo pidamos posteriormente para que nos lo complementen. Es hacer más trabajo, pero en más tiempo, y aprovechar que no todos lo pedirán. Si no tienes hijos te quedas con los 1098, con un hijo es 1254 y con dos o más, es algo más de 1400
Bueno, en una notificación de ayer, nos van a complementar hasta un 50% del salario bruto, si la prestación no alcanza este 50%. Aquí me asalta alguna duda (haciendo alguna estimación, que no sé si es cierta):

1. ¿Tendrá la empresa en cuenta los 1.098 € o también los hijos? Me refiero a que de primeras, todos cobraremos lo mismo y luego habrá que solicitar el extra por hijo o hijos. ¿Esto cuenta para la empresa a la hora de complementar?
2. ¿El complemento de la empresa está exento de impuestos o no?
3. ¿El salario bruto es tu sueldo bruto anual dividido entre 12? Por buscar números redondos, si cobras 24.000 €, estaríamos hablando de salario bruto de 2.000 €, ¿no?. No sé si quien esté en este caso cobraría los 1.098 €, pero si fuese así, la empresa no complementaría nada. Si, por el contrario, cobras 48.000 €, estaríamos hablando de 4.000 € de salario bruto, entiendo. El 50% supone un total de 2.000 €, y si cobras 1.098 € la empresa se compromete a complementar hasta esos 2.000 €, pero vuelvo a lo de la exención o no de ese complemento.
4. El ERTE es únicamente hasta el final del estado de alarma (a día de hoy hasta el 26 de abril). Parece que no reactivarán los contratos hasta agosto (para emitir facturas a 120 días y no pagar nada hasta 2021). Entiendo que nos meterán en otro ERTE asociado a aspectos económicos, o si no lo permiten, nos asignarán otras funciones (bien relacionadas con nuestro proyecto adelantando trabajo, o bien haciendo una reducción de jornada del 70% mandándonos poca cosa).
5. Si mi empresa complementa, no sé si pagará como siempre (día 25 de mes) o cuando paga la Seguridad Social, 10-11 de cada mes.
6. Entiendo que nos crujirá más la declaración de la renta del año que viene.

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Re: Sobre los ERTE y ERE

por amc81granada » 09 Abr 2020, 12:20

Iñigo escribió:
amc81granada escribió:
Iñigo escribió:
Estamos en UTE y la otra "pata" ha complementado a sus trabajadores (los de proyectos) con un 30% del salario, justificado en el sentido de que les hacen reducción de jornada del 70%, con una jornada de 09:00 h a 11:30 h. No sé qué tareas les darán, aunque tiene pinta de que a lo mejor ni siquiera les hacen trabajar, y simplemente es una forma de pedir fidelidad. Esto a mí me provoca un sentimiento encontrado. Por un lado, me tranquiliza el hecho de que al menos el contrato se va a reanudar tarde o temprano (aunque es algo que es obvio, dado que los trabajos que llevábamos a cabo, alguien los tiene que hacer y no tiene sentido cancelar un contrato para volver a licitar y contratar a otras empresas para hacer lo mismo); por otro lado, no puedo sino estar bastante contrariado por el agravio comparativo entre empresas.

Por otro lado, he leído que el ERTE vinculado al estado de alarma no garantiza más que un máximo de 1098 €, independientemente de los hijos que tengas; otra cosa es otro tipo de ERTE, que ya irías a mil doscientos y pico si tienes un hijo, y más de mil cuatrocientos si tienes dos o más. Y sí, cobramos a 12 pagas, con todo lo que eso supone, y con sueldos mayores lo que pierdes es superior a la mitad de tu salario, por la existencia de un límite. Es decir, si cobras 3000 € y te meten en un ERTE, pierdes cerca de 2000 €, y cobras en esa situación lo mismo que otro compañero que cobre 1500 €, que solamente perdería unos 500 €.
Lo que dijeron era que para agilizar el procedimiento, iban a pagar a todos 1.098, y a partir de ahí, los que tengamos hijos, que lo pidamos posteriormente para que nos lo complementen. Es hacer más trabajo, pero en más tiempo, y aprovechar que no todos lo pedirán. Si no tienes hijos te quedas con los 1098, con un hijo es 1254 y con dos o más, es algo más de 1400
Bueno, en una notificación de ayer, nos van a complementar hasta un 50% del salario bruto, si la prestación no alcanza este 50%. Aquí me asalta alguna duda (haciendo alguna estimación, que no sé si es cierta):

1. ¿Tendrá la empresa en cuenta los 1.098 € o también los hijos? Me refiero a que de primeras, todos cobraremos lo mismo y luego habrá que solicitar el extra por hijo o hijos. ¿Esto cuenta para la empresa a la hora de complementar?
2. ¿El complemento de la empresa está exento de impuestos o no?
3. ¿El salario bruto es tu sueldo bruto anual dividido entre 12? Por buscar números redondos, si cobras 24.000 €, estaríamos hablando de salario bruto de 2.000 €, ¿no?. No sé si quien esté en este caso cobraría los 1.098 €, pero si fuese así, la empresa no complementaría nada. Si, por el contrario, cobras 48.000 €, estaríamos hablando de 4.000 € de salario bruto, entiendo. El 50% supone un total de 2.000 €, y si cobras 1.098 € la empresa se compromete a complementar hasta esos 2.000 €, pero vuelvo a lo de la exención o no de ese complemento.
4. El ERTE es únicamente hasta el final del estado de alarma (a día de hoy hasta el 26 de abril). Parece que no reactivarán los contratos hasta agosto (para emitir facturas a 120 días y no pagar nada hasta 2021). Entiendo que nos meterán en otro ERTE asociado a aspectos económicos, o si no lo permiten, nos asignarán otras funciones (bien relacionadas con nuestro proyecto adelantando trabajo, o bien haciendo una reducción de jornada del 70% mandándonos poca cosa).
5. Si mi empresa complementa, no sé si pagará como siempre (día 25 de mes) o cuando paga la Seguridad Social, 10-11 de cada mes.
6. Entiendo que nos crujirá más la declaración de la renta del año que viene.
Quizás Roloj tenga más experiencia en esto, pero entiendo que

1. Tendrá en cuenta la percepción real, no los 1.098. Lo de los 1.098 es una estrategia de la Seguridad Social, para agilizar las pagas y que después lo pidas, pero tu sueldo depende de los hijos. Si tienes un hijo, de prestación cobras 1.254 euros al menos, que son 15.048 brutos al año. El que cobre más de 30.096 tendrá ese complemento hasta el importe de la mitad de su sueldo
2. No, te tienen que descontar el IRPF. En realidad, las cantidades que cobras del ERTE también están sujetas, pero no te retienen nada, porque si solo cobras eso, no tienes que hacer declaración, pero como vas a tener dos pagadores...
3. Lo dicho. Si cobras 35.000 € brutos anuales y tienes un hijo, te sale 15.048 € de prestación, por lo que la empresa te bonificará (35/2-15)-2.452 €/año que son unos 200 €/brutos mes.
4. Ya el nuevo ERTE tendrá las condiciones que tenga y lo único que el máximo será siendo el 70% de la base reguladora con los topes anteriores.
5. En teoría, la empresa te debe seguir pagando el complemento cuando te paga la nómina, más que nada, porque no te lo va a hacer especial, es el complemento de un sueldo mensual y se paga cuando los sueldos.
6. Sí. A todos los de los ERTEs nos cruje, porque no nos retienen, y casi seguro que va a tocar hacer declaración. A ver, en teoría si solo tienes un mes de ERTE y normalmente te sale a pagar, lo mismo tienes suerte y no entras en la obligación, pero si entras en la obligación, el ingreso durante el ERTE no te han hecho retención previa y te tocará asumirlo, además en la parte alta de la horquilla, o sea que en realidad otro 30% de ese sueldo acabará el año que viene en Hacienda.

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Re: Sobre los ERTE y ERE

por Iñigo » 09 Abr 2020, 12:57

amc81granada escribió:
Iñigo escribió:
amc81granada escribió:
Lo que dijeron era que para agilizar el procedimiento, iban a pagar a todos 1.098, y a partir de ahí, los que tengamos hijos, que lo pidamos posteriormente para que nos lo complementen. Es hacer más trabajo, pero en más tiempo, y aprovechar que no todos lo pedirán. Si no tienes hijos te quedas con los 1098, con un hijo es 1254 y con dos o más, es algo más de 1400
Bueno, en una notificación de ayer, nos van a complementar hasta un 50% del salario bruto, si la prestación no alcanza este 50%. Aquí me asalta alguna duda (haciendo alguna estimación, que no sé si es cierta):

1. ¿Tendrá la empresa en cuenta los 1.098 € o también los hijos? Me refiero a que de primeras, todos cobraremos lo mismo y luego habrá que solicitar el extra por hijo o hijos. ¿Esto cuenta para la empresa a la hora de complementar?
2. ¿El complemento de la empresa está exento de impuestos o no?
3. ¿El salario bruto es tu sueldo bruto anual dividido entre 12? Por buscar números redondos, si cobras 24.000 €, estaríamos hablando de salario bruto de 2.000 €, ¿no?. No sé si quien esté en este caso cobraría los 1.098 €, pero si fuese así, la empresa no complementaría nada. Si, por el contrario, cobras 48.000 €, estaríamos hablando de 4.000 € de salario bruto, entiendo. El 50% supone un total de 2.000 €, y si cobras 1.098 € la empresa se compromete a complementar hasta esos 2.000 €, pero vuelvo a lo de la exención o no de ese complemento.
4. El ERTE es únicamente hasta el final del estado de alarma (a día de hoy hasta el 26 de abril). Parece que no reactivarán los contratos hasta agosto (para emitir facturas a 120 días y no pagar nada hasta 2021). Entiendo que nos meterán en otro ERTE asociado a aspectos económicos, o si no lo permiten, nos asignarán otras funciones (bien relacionadas con nuestro proyecto adelantando trabajo, o bien haciendo una reducción de jornada del 70% mandándonos poca cosa).
5. Si mi empresa complementa, no sé si pagará como siempre (día 25 de mes) o cuando paga la Seguridad Social, 10-11 de cada mes.
6. Entiendo que nos crujirá más la declaración de la renta del año que viene.
Quizás Roloj tenga más experiencia en esto, pero entiendo que

1. Tendrá en cuenta la percepción real, no los 1.098. Lo de los 1.098 es una estrategia de la Seguridad Social, para agilizar las pagas y que después lo pidas, pero tu sueldo depende de los hijos. Si tienes un hijo, de prestación cobras 1.254 euros al menos, que son 15.048 brutos al año. El que cobre más de 30.096 tendrá ese complemento hasta el importe de la mitad de su sueldo
2. No, te tienen que descontar el IRPF. En realidad, las cantidades que cobras del ERTE también están sujetas, pero no te retienen nada, porque si solo cobras eso, no tienes que hacer declaración, pero como vas a tener dos pagadores...
3. Lo dicho. Si cobras 35.000 € brutos anuales y tienes un hijo, te sale 15.048 € de prestación, por lo que la empresa te bonificará (35/2-15)-2.452 €/año que son unos 200 €/brutos mes.
4. Ya el nuevo ERTE tendrá las condiciones que tenga y lo único que el máximo será siendo el 70% de la base reguladora con los topes anteriores.
5. En teoría, la empresa te debe seguir pagando el complemento cuando te paga la nómina, más que nada, porque no te lo va a hacer especial, es el complemento de un sueldo mensual y se paga cuando los sueldos.
6. Sí. A todos los de los ERTEs nos cruje, porque no nos retienen, y casi seguro que va a tocar hacer declaración. A ver, en teoría si solo tienes un mes de ERTE y normalmente te sale a pagar, lo mismo tienes suerte y no entras en la obligación, pero si entras en la obligación, el ingreso durante el ERTE no te han hecho retención previa y te tocará asumirlo, además en la parte alta de la horquilla, o sea que en realidad otro 30% de ese sueldo acabará el año que viene en Hacienda.
Gracias. A ver si no dura demasiado todo esto.

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Re: Sobre los ERTE y ERE

por roloj » 09 Abr 2020, 14:17

amc81granada escribió:
Iñigo escribió:
Bueno, en una notificación de ayer, nos van a complementar hasta un 50% del salario bruto, si la prestación no alcanza este 50%. Aquí me asalta alguna duda (haciendo alguna estimación, que no sé si es cierta):

1. ¿Tendrá la empresa en cuenta los 1.098 € o también los hijos? Me refiero a que de primeras, todos cobraremos lo mismo y luego habrá que solicitar el extra por hijo o hijos. ¿Esto cuenta para la empresa a la hora de complementar?
2. ¿El complemento de la empresa está exento de impuestos o no?
3. ¿El salario bruto es tu sueldo bruto anual dividido entre 12? Por buscar números redondos, si cobras 24.000 €, estaríamos hablando de salario bruto de 2.000 €, ¿no?. No sé si quien esté en este caso cobraría los 1.098 €, pero si fuese así, la empresa no complementaría nada. Si, por el contrario, cobras 48.000 €, estaríamos hablando de 4.000 € de salario bruto, entiendo. El 50% supone un total de 2.000 €, y si cobras 1.098 € la empresa se compromete a complementar hasta esos 2.000 €, pero vuelvo a lo de la exención o no de ese complemento.
4. El ERTE es únicamente hasta el final del estado de alarma (a día de hoy hasta el 26 de abril). Parece que no reactivarán los contratos hasta agosto (para emitir facturas a 120 días y no pagar nada hasta 2021). Entiendo que nos meterán en otro ERTE asociado a aspectos económicos, o si no lo permiten, nos asignarán otras funciones (bien relacionadas con nuestro proyecto adelantando trabajo, o bien haciendo una reducción de jornada del 70% mandándonos poca cosa).
5. Si mi empresa complementa, no sé si pagará como siempre (día 25 de mes) o cuando paga la Seguridad Social, 10-11 de cada mes.
6. Entiendo que nos crujirá más la declaración de la renta del año que viene.
Quizás Roloj tenga más experiencia en esto, pero entiendo que

1. Tendrá en cuenta la percepción real, no los 1.098. Lo de los 1.098 es una estrategia de la Seguridad Social, para agilizar las pagas y que después lo pidas, pero tu sueldo depende de los hijos. Si tienes un hijo, de prestación cobras 1.254 euros al menos, que son 15.048 brutos al año. El que cobre más de 30.096 tendrá ese complemento hasta el importe de la mitad de su sueldo
2. No, te tienen que descontar el IRPF. En realidad, las cantidades que cobras del ERTE también están sujetas, pero no te retienen nada, porque si solo cobras eso, no tienes que hacer declaración, pero como vas a tener dos pagadores...
3. Lo dicho. Si cobras 35.000 € brutos anuales y tienes un hijo, te sale 15.048 € de prestación, por lo que la empresa te bonificará (35/2-15)-2.452 €/año que son unos 200 €/brutos mes.
4. Ya el nuevo ERTE tendrá las condiciones que tenga y lo único que el máximo será siendo el 70% de la base reguladora con los topes anteriores.
5. En teoría, la empresa te debe seguir pagando el complemento cuando te paga la nómina, más que nada, porque no te lo va a hacer especial, es el complemento de un sueldo mensual y se paga cuando los sueldos.
6. Sí. A todos los de los ERTEs nos cruje, porque no nos retienen, y casi seguro que va a tocar hacer declaración. A ver, en teoría si solo tienes un mes de ERTE y normalmente te sale a pagar, lo mismo tienes suerte y no entras en la obligación, pero si entras en la obligación, el ingreso durante el ERTE no te han hecho retención previa y te tocará asumirlo, además en la parte alta de la horquilla, o sea que en realidad otro 30% de ese sueldo acabará el año que viene en Hacienda.
El complemento que paga la empresa está, obviamente, sujeto a impuestos. Las condiciones de cómo va a pagar la empresa el complemento pues es difícil de saber sin conocer el detalle concreto de ese acuerdo, pero lo lógico es que tenga en cuenta el máximo que puede percibir cada trabajador por el SEPE (el que tiene hijos, el que tiene un salario más bajo, etc...)

En cuanto a lo de la renta del siguiente año, pues cuándo acabe el ERTE, si hay reincorporación a la empresa basta con calcular cuánto se va a percibir todo el año y pedirle a la empresa que retenga en concordancia a eso y no solo a lo que paga la empresa durante el año. La declaración de la renta no tiene en cuenta solo los rendimientos de trabajo, pero si se quiere que "cuadre" esa parte, es calcularlo y pedirle a la empresa que retenga basándose en eso
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Re: Sobre los ERTE y ERE

por Iñigo » 09 Abr 2020, 15:09

roloj escribió:
amc81granada escribió:
Iñigo escribió:
Bueno, en una notificación de ayer, nos van a complementar hasta un 50% del salario bruto, si la prestación no alcanza este 50%. Aquí me asalta alguna duda (haciendo alguna estimación, que no sé si es cierta):

1. ¿Tendrá la empresa en cuenta los 1.098 € o también los hijos? Me refiero a que de primeras, todos cobraremos lo mismo y luego habrá que solicitar el extra por hijo o hijos. ¿Esto cuenta para la empresa a la hora de complementar?
2. ¿El complemento de la empresa está exento de impuestos o no?
3. ¿El salario bruto es tu sueldo bruto anual dividido entre 12? Por buscar números redondos, si cobras 24.000 €, estaríamos hablando de salario bruto de 2.000 €, ¿no?. No sé si quien esté en este caso cobraría los 1.098 €, pero si fuese así, la empresa no complementaría nada. Si, por el contrario, cobras 48.000 €, estaríamos hablando de 4.000 € de salario bruto, entiendo. El 50% supone un total de 2.000 €, y si cobras 1.098 € la empresa se compromete a complementar hasta esos 2.000 €, pero vuelvo a lo de la exención o no de ese complemento.
4. El ERTE es únicamente hasta el final del estado de alarma (a día de hoy hasta el 26 de abril). Parece que no reactivarán los contratos hasta agosto (para emitir facturas a 120 días y no pagar nada hasta 2021). Entiendo que nos meterán en otro ERTE asociado a aspectos económicos, o si no lo permiten, nos asignarán otras funciones (bien relacionadas con nuestro proyecto adelantando trabajo, o bien haciendo una reducción de jornada del 70% mandándonos poca cosa).
5. Si mi empresa complementa, no sé si pagará como siempre (día 25 de mes) o cuando paga la Seguridad Social, 10-11 de cada mes.
6. Entiendo que nos crujirá más la declaración de la renta del año que viene.
Quizás Roloj tenga más experiencia en esto, pero entiendo que

1. Tendrá en cuenta la percepción real, no los 1.098. Lo de los 1.098 es una estrategia de la Seguridad Social, para agilizar las pagas y que después lo pidas, pero tu sueldo depende de los hijos. Si tienes un hijo, de prestación cobras 1.254 euros al menos, que son 15.048 brutos al año. El que cobre más de 30.096 tendrá ese complemento hasta el importe de la mitad de su sueldo
2. No, te tienen que descontar el IRPF. En realidad, las cantidades que cobras del ERTE también están sujetas, pero no te retienen nada, porque si solo cobras eso, no tienes que hacer declaración, pero como vas a tener dos pagadores...
3. Lo dicho. Si cobras 35.000 € brutos anuales y tienes un hijo, te sale 15.048 € de prestación, por lo que la empresa te bonificará (35/2-15)-2.452 €/año que son unos 200 €/brutos mes.
4. Ya el nuevo ERTE tendrá las condiciones que tenga y lo único que el máximo será siendo el 70% de la base reguladora con los topes anteriores.
5. En teoría, la empresa te debe seguir pagando el complemento cuando te paga la nómina, más que nada, porque no te lo va a hacer especial, es el complemento de un sueldo mensual y se paga cuando los sueldos.
6. Sí. A todos los de los ERTEs nos cruje, porque no nos retienen, y casi seguro que va a tocar hacer declaración. A ver, en teoría si solo tienes un mes de ERTE y normalmente te sale a pagar, lo mismo tienes suerte y no entras en la obligación, pero si entras en la obligación, el ingreso durante el ERTE no te han hecho retención previa y te tocará asumirlo, además en la parte alta de la horquilla, o sea que en realidad otro 30% de ese sueldo acabará el año que viene en Hacienda.
El complemento que paga la empresa está, obviamente, sujeto a impuestos. Las condiciones de cómo va a pagar la empresa el complemento pues es difícil de saber sin conocer el detalle concreto de ese acuerdo, pero lo lógico es que tenga en cuenta el máximo que puede percibir cada trabajador por el SEPE (el que tiene hijos, el que tiene un salario más bajo, etc...)

En cuanto a lo de la renta del siguiente año, pues cuándo acabe el ERTE, si hay reincorporación a la empresa basta con calcular cuánto se va a percibir todo el año y pedirle a la empresa que retenga en concordancia a eso y no solo a lo que paga la empresa durante el año. La declaración de la renta no tiene en cuenta solo los rendimientos de trabajo, pero si se quiere que "cuadre" esa parte, es calcularlo y pedirle a la empresa que retenga basándose en eso
Sí, lo de la renta del año que viene ya lo tengo calculado (si volvemos en agosto) para que me suban la retención los meses que me trabaje en 2020. Con respecto al complemento, cuando me llegue la nómina de este mes estudiaré bien los conceptos.

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