IMMI escribió:Vager escribió:TaTaCHiN escribió:Yo siempre he entendido que un jugador retenido por el derecho de tanteo no puede venderse a otro club ACB que no sea el que presentó la primera oferta. Otra cosa iría en contra de la norma. De hecho la movida que tuvimos con Valencia por Saúl fue porque el Fuenla nos lo vendió al año siguiente de haber igualado una oferta valenciana. Ellos alegaban que no podía ir a otro club ACB antes de finalizar el contrato igualado, y el jugador acabó acogiéndose al 1006 para poder firmar con nosotros.
Por otro lado, yo la sensación que tengo con los baskonistas no es que tengan seguro el fichaje de Granger, sino más bien que les da un poco igual. Si lo firman bien, base experimentado y cupo. Y si no lo firman, por lo general piensan que será para traer alguien mejor, y ya solucionarán los cupos por otro lado.
Yo he expuesto la normativa actual y legal, ¿donde esta esa norma que dice que un club, al igualar, no pueden venderlo a otro club, este año o el que viene?, ¿donde dice eso?...
Ya se esta viendo con Hanga, es como dice Tatachin.
TaTaCHiN escribió:Vager, pero por esa regla de 3 tú tampoco has podido demostrar que pueda hacerse. No está especificado explícitamente. Y que yo recuerde, no ha habido casos que sentaran precedente. El único similar que recuerdo es el de Saúl, que fue un año después de que Fuenla ejerciera el tanteo, y que tuvo que regatear la normativa acogiéndose al 1006 en medio de una gran polémica. En mi opinión, si tan legal es, entonces no se hubiera liado la que se lió.
Pero vaya, que me da igual, si quieres la perra gorda para ti. No vamos a igualar por Granger, sería una locura meternos en ese fregado.
t0nikachu escribió:No he leido el tema de la normativa del derecho de tanteo, pero entiendo que si la norma está para darle prioridad al club de origen a QUEDARSE con el jugador, no tiene sentido que este iguale para venderlo y sacar tajada. Creo que por ahí van los tiros y lo que paso con Saul Blanco, con la salvedad de que esté sí que jugó con el Fuenla 1 temporada.
Biballo escribió:Pues a mi lo ilogico me parece no poder vender a un jugador del que tienes los derechos, el propio jugador se quiere ir, el Convenio Colectivo (que ha colgado Vager) lo permite expresamente (artículo 18.3), y hay un equipo (el que sea) lo quiere comprar.. estando todo el mundo de acuerdo, no se puede vender ¿En serio? .. ¿Y hasta cuando? El Baskonia ha igualado por Hanga ¿Hasta cuando no se lo puede vender por ejemplo al Madrid?
Ya sé que hay varios periodistas que han publicado que es así, que no se puede vender a otro club que no sea con el que el jugador llegó a un acuerdo, pero podría ser un caso de uno que interpretó mal y lo contó así, y otros que le han seguido sin contrastar..
En twitter alguien menciona que existe una normativa ACB no publica que lo explica, pero que por otro lado si preguntas a la ABP, te dicen que prevalece el Convenio Colectivo, y en él se permite traspaso a cualquier ACB..
Repito que no se ha dado nunca, porque si Hanga ha llegado a un acuerdo con el Barsa hace 1 mes es porqur quiere jugar allí, normalmente no se suele cambiar de idea en 1 mes, por eso se ha acabado vendiendo a los jugadores a donde quieren jugar, y no a un tercer equipo, pero poderse yo estoy en que probablemente se puede, salvo que me esté perdiendo algo, tal y como dice Vager, con los datos que manejamos se debe poder..
Saludos.
juankilovic escribió:Pongamos el caso de que el jugador firma un contrato con Baskonia y éste lo presenta ante la ACB.
En ese momento, Unicaja ejerce el tanteo e iguala la oferta con Baskonia.
Eso se traduce en que, los derechos en la ACB de ese jugador los tiene Unicaja, que es distinto a que el jugador haya firmado ningún contrato con Unicaja ni tenga la menor intención de jugar aquí. Es decir, Unicaja asume un compromiso (firmar el contrato que ha igualado) y un derecho (la exclusividad en ACB de ese jugador).
Pero el jugador puede:
- Negarse a firmar con Unicaja, en cuyo caso tendría que buscarse Club fuera de la ACB.
- Firmar el contrato con Unicaja, momento a partir del cual se podría abrir una negociación con el Madrid.
Poniéndonos en este último escenario, el art. 18.3 parece omitir al ofertante inicial, y lo deja todo en manos de jugador y club que tiene sus derechos.
Ahora bien, Baskonia seguramente planteará que la actuación es en fraude de ley y contraviene el espíritu del Convenio, momento en el cual entrará en liza la Comisión Paritaria (art. 3). En ese punto, la ausencia de antecedentes juega un papel muy importante en lo que a la seguridad jurídica se refiere. Y eso puede afectar a Unicaja dado que ha asumido un compromiso económico muy fuerte con el jugador.
malagalabella escribió:No se si se ha comentado esto, pero me parece un gesto muy bonito
http://www.laopiniondemalaga.es/unicaja ... 49416.html
Ánimos para el chaval
Vager escribió:
Teniendo en cuenta la ausencia el ofertante inicial en el art. 18.3, si el jugador y club pactan con otro, SIEMPRE manteniendo lo firmado con el jugador (oferta igualada), no tiene que haber problemas. Eso si, el precio de salida del jugador a otro equipo lo pone Unicaja.
Legalmente no contraviene el espiritu del convenio, ya que se esta respetando al jugador (contrato, cifras, años).
Esto es como lo de Jaime Fernandez o lo de los cupos JFL. No interesa meterse en pleitos, ya que si no desmontan el chiringuito que tienen ABP-ACB...
juankilovic escribió:Vager escribió:
Teniendo en cuenta la ausencia el ofertante inicial en el art. 18.3, si el jugador y club pactan con otro, SIEMPRE manteniendo lo firmado con el jugador (oferta igualada), no tiene que haber problemas. Eso si, el precio de salida del jugador a otro equipo lo pone Unicaja.
Legalmente no contraviene el espiritu del convenio, ya que se esta respetando al jugador (contrato, cifras, años).
Esto es como lo de Jaime Fernandez o lo de los cupos JFL. No interesa meterse en pleitos, ya que si no desmontan el chiringuito que tienen ABP-ACB...
En ese punto (lo de que no contraviene el espíritu del Convenio) discrepo contigo; no en que lo contravenga o no en sentido estricto, sino en que la falta de antecedentes nos lleva por Ley a una comisión paritaria.
No soy especialista en temas de derecho deportivo, pero sí Abogado Laboralista, y si Unicaja fuese mi cliente, cuanto menos les advertiría de la situación de "riesgo" a la que se expondrían.
Lo que no quita en que yo (que como todos estoy contaminado por el deseo de que Unicaja salga todo lo mejor parado posible) coincida con tu conclusión final.
Pero desde un punto de vista profesional, advertiría al Club de la existencia de un riesgo.
Vager escribió:TaTaCHiN escribió:Vager escribió:
Yo he expuesto la normativa actual y legal, ¿donde esta esa norma que dice que un club, al igualar, no pueden venderlo a otro club, este año o el que viene?, ¿donde dice eso?...
Joe me has hecho tener que ir a rebuscar por el enlace que has puesto...13.7.2. Suscribir un documento de oferta en el que figure mayor salario o más años de contrato de los que en realidad se tuviere intención de contratar, o modificar en el contrato las condiciones que figuraban en la oferta, salvo que dicha modificación se deba a renovación del contrato.
Esta excepción no será tenida en cuenta si se constata que mediante la misma se pretende infringir el sistema de contratación del Convenio.
No soy abogado ni jurista, pero lo que entiendo de ese párrafo es que si vendes a un jugador por el que has igualado, el club que ofertó está en su derecho de denunciar que el club de origen ha ejercido ilegalmente el derecho de tanteo, ya que al venderlo no hay intención de cumplir lo firmado. No sé qué pasaría en ese caso, si se invalida el contrato, si no se permite la inscripción, o qué. Supongo que mientras los implicados sean dos, los clubes prefieren sentarse y negociar antes de meterse en batallas legales, pero si se inmiscuye un tercero ya la cosa cambia.
Y repito, que es lo que Valencia denunció en el caso Saúl, que se acabó acogiendo al 1006.
Yo no lo entiendo así, la verdad, y de leyes se algo. Mas que nada por lo siguiente:
1) Equipo de origen iguala las condiciones del equipo ofertante A
2) El jugador es vendido al ofertante A por una cantidad pactada, ademas del contrato reflejado en ACB
3) ¿Eso no se considera modificación aunque estés vendiéndolo al mismo equipo que ofertó?, ya que el otro equipo paga una cantidad que no estaba estipulada al inicio, como es el caso Hanga...
4) ¿Quien dice que no se puede pactar con otro club las mismas condiciones que con el ofertante A después de igualar el tanteo?
Un saludo
.:: CBM ::. escribió:Vager escribió:TaTaCHiN escribió:Joe me has hecho tener que ir a rebuscar por el enlace que has puesto...
No soy abogado ni jurista, pero lo que entiendo de ese párrafo es que si vendes a un jugador por el que has igualado, el club que ofertó está en su derecho de denunciar que el club de origen ha ejercido ilegalmente el derecho de tanteo, ya que al venderlo no hay intención de cumplir lo firmado. No sé qué pasaría en ese caso, si se invalida el contrato, si no se permite la inscripción, o qué. Supongo que mientras los implicados sean dos, los clubes prefieren sentarse y negociar antes de meterse en batallas legales, pero si se inmiscuye un tercero ya la cosa cambia.
Y repito, que es lo que Valencia denunció en el caso Saúl, que se acabó acogiendo al 1006.
Yo no lo entiendo así, la verdad, y de leyes se algo. Mas que nada por lo siguiente:
1) Equipo de origen iguala las condiciones del equipo ofertante A
2) El jugador es vendido al ofertante A por una cantidad pactada, ademas del contrato reflejado en ACB
3) ¿Eso no se considera modificación aunque estés vendiéndolo al mismo equipo que ofertó?, ya que el otro equipo paga una cantidad que no estaba estipulada al inicio, como es el caso Hanga...
4) ¿Quien dice que no se puede pactar con otro club las mismas condiciones que con el ofertante A después de igualar el tanteo?
Un saludo
Yo estoy con Tata. El apartado del convenio 13.7.2 abre la puerta a denuncia de la parte afectada, que sería Baskonia. Si se lo vendieras a ellos no habría nadie dagnificado para reclamar. Pero si tú te interpones entre un contrato firmado por el jugador (manifestando su deseo en ese proceso) aplicando un derecho de pernada, es normal que existan mecanismos en el convenio colectivo que impidan que lo hagas para mercadear con él a otro club.
Quiero decir que sí, si se lo vendes al Baskonia también se puede deducir que no tenías intención de cumplir la duración y dinero ofertadas públicamente ante la ACB, pero ¿quién puede intentar invalidar ese acuerdo? ¿El Madrid, que no tiene ni contrato ni ninguna relación legal con el caso? Si lo vendes al Madrid sí se puede entrometer el Baskonia, no para llevárselo ellos sino para invalidar el traspaso, argumentando que anulaste su contrato con el jugador de manera fraudulenta. En cualquier caso no soy abogado, es mi opinión.
Un tema más complicado sería si no negociaras con el Madrid, sino que en el contrato con Granger existiera un boyout muy accesible pactado con el jugador y el Madrid de manera que se pudiera hacer el intercambio a tres bandas. Sólo tendría sentido si Granger estuviera arrepentido de algún precontrato firmado con Baskonia del que no pudiera deshacerse. Si no me equivoco se está obligado a igualar duración e importe total, no cláusulas particulares.
garba4ever escribió:Valencia igualó a Baskonia por Claver, se quedó con sus derechos, y al primer año no porque nadie quiso pagar y se fue fuera de España, pero al segundo Barcelona pagó la cláusula. Y nadie denunció ni nadie dijo que eso no se pudiera hacer. No veo por qué no podríamos hacer nosotros exactamente igual con Granger.
Vager escribió:garba4ever escribió:Valencia igualó a Baskonia por Claver, se quedó con sus derechos, y al primer año no porque nadie quiso pagar y se fue fuera de España, pero al segundo Barcelona pagó la cláusula. Y nadie denunció ni nadie dijo que eso no se pudiera hacer. No veo por qué no podríamos hacer nosotros exactamente igual con Granger.
Mientras nadie demuestre con una normativa legal lo que todos los periodistas hablan, y muchos foreros creen, con fe, me seguire basando en la documentacion legal que tenemos a dia de hoy, y que como bien apuntas, en el caso Claver, Valencia igualó la oferta de Baskonia, ese año no tuvo contrato con Valencia, pero si volvia, cualquier equipo ACB podria ficharlo, pagandole la clausula a Valencia.
Es lo mismo que Hanga si ahora se va. Baskonia tiene sus derechos, si vuelve y quiere venderselo al Madrid, puede hacerlo perfectamente.
Da igual que sea en el mismo año o en el año siguiente, NO HAY BASE LEGAL, para pensar lo contrario.
Si Unicaja iguala por Granger, y viene el Madrid y paga como "clausula" lo que Unicaja pida, pues Granger jugará en el Madrid, mientras que si el año que viene, volviese de jugar en la liga griega, cualquier equipo ACB tendria que pasar por caja, y pagar a Unicaja lo que pidan.
Menos MITOS y mas documentos...
garba4ever escribió:Valencia igualó a Baskonia por Claver, se quedó con sus derechos, y al primer año no porque nadie quiso pagar y se fue fuera de España, pero al segundo Barcelona pagó la cláusula. Y nadie denunció ni nadie dijo que eso no se pudiera hacer. No veo por qué no podríamos hacer nosotros exactamente igual con Granger.
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