por joananton »
11 Jun 2015, 13:06
En uno de los hilos que sobre el tema de la no inscripción de Marcus, se ha habierto, he dejado el siguiente post.
"B) Solución de errores materiales
En el apdo. 3º del art. 267 LOPJ -EDL 1985/8754- se incluye que:
3. Los errores materiales manifiestos y los aritméticos en que incurran las resoluciones de los Tribunales y Secretarios Judiciales podrán ser rectificados en cualquier momento.
(por lo que se refiere a la rectificación de los errores materiales manifiestos, ha considerado como tales aquellos errores cuya corrección no implica un juicio valorativo)
El texto que menciono corresponde a la Ley Orgánica del Poder Judicial y se refiere a errores formales y manifiestos en cuestiones tan graves como Sentencias o Autos judiciales que por ejemplo podrían convertir una indemnización de 100.000 euros en una de 1.000.000.
Si en temas tan serios se puede reparar un error en cualquier momento, la discusión en este caso me parece ociosa.
Tengo claro que todo el tema de la inscripción o no en el acta de un jugador, en lo que se tiene legislado por la ACB, se debe más bien a temas de sustituciones de jugadores de la plantilla, de transfers, fichas o licencias y no al error material y formal de alguien. En mi trabajo estoy harto de ver como se incluye a un abogado en un acta en la que no aparecía, a pesar de haber participado de forma legítima en el juicio y haber visto el acta el abogado de la otra parte, el juez y el secretario además del funcionario que transcribe el juicio. Otra cosa es que esa participación no fuera legítima o estuviere en discusión.
Ni que decir tiene que me abstengo de calificar la valoración que me merece en mi ejemplo anterior, el abogado de la otra parte si habiéndose percatado del error, pretendiera sacar beneficio procesal, dejando a la otra parte sin abogado o modificando la sentencia."