Eso depende del juez que te toque. Cada uno tiene un criterio propio, así funcionan los juzgados.ravens escribió:Una vez emitida en tv una película deja de estar sometida a la propiedad intelectual?
Esto que dices no tiene ni pies ni cabeza.yogur41 escribió:Una cosa es la propiedad intelectual y otra el perjuicio economico. Que perjuicio economico va haber de una pelicula emitida en abierto por varios televisiones, otra cosa es que yo me lucre vendiendo copias de esa pelicula. No hay causa de la demanda ya que el perjuicio economico es inexistente ese torrent podria ser una copia de la emision de la tele que ya ha pagado los derechos de emision, por lo tanto la indemnizacion son 0 €.
Para pedir una indemnizacion debes demostrar que ha habido un perjuicio economico objetivo no vale solo decir que se ha infringido la propiedad intectual sin mas, la cifra que pide se la ha sacado de las narices por si no te has dado cuenta.ravens escribió:Esto que dices no tiene ni pies ni cabeza.yogur41 escribió:Una cosa es la propiedad intelectual y otra el perjuicio economico. Que perjuicio economico va haber de una pelicula emitida en abierto por varios televisiones, otra cosa es que yo me lucre vendiendo copias de esa pelicula. No hay causa de la demanda ya que el perjuicio economico es inexistente ese torrent podria ser una copia de la emision de la tele que ya ha pagado los derechos de emision, por lo tanto la indemnizacion son 0 €.
En absolutoravens escribió:Una vez emitida en tv una película deja de estar sometida a la propiedad intelectual?
Eso pensaba, pero los comentarios que estaba poniendo el forero en cuestión parecían defender lo contrario. Aunque hace ya días de ello y ni me acuerdoRockafella escribió:En absolutoravens escribió:Una vez emitida en tv una película deja de estar sometida a la propiedad intelectual?
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