por el mc »
11 Sep 2018, 19:29
andraax escribió:Siddhartha escribió:Dark player escribió:
Yo creo que algun(os) pais(es) con un cierto estatus podrian intentar torcerle el brazo a Espana para forzar un cambio constitucional si realmente asi lo quisieran. Cuando digo pais con un cierto estatus me refiero basicamente algun pais potente de la UE (Alemania, Francia o UK) o los EEUU. Rusia y China obviamente no, porque ahi podria ser un peligro para el resto. Pero vaya, la realidad es que ninguno de esos candidatos puede tener interes alguno para meterse en semejante berenjenal, mas bien tienen el interes contrario.
Pero es que un cambio constitucional requiere del voto de los españoles. Es decir que tienen que convencer a una gran mayoría de españoles que vote eso, ya sea con argumentos, presiones o lo que sea.
Pero si no lo votamos, no va a ocurrir nunca sin una guerra. Se le ponga en los cojones a quien se le ponga.
La constitución ya se ha modificado. En dos ocasiones. La última en el 2011. ¿Tú recuerdas que te preguntan? Si Alemania dice que hay que cambiarla se hace y punto. Y se forman las mayorías que hagan falta para no tener que pasar por un referéndum.
salu2
Vete al texto de la Constitución y verás que esto no es así:
Artículo 168
1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.
2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.
3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1
2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
Artículo 2
La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
Por otra parte, una cosa es meter unos objetivos de déficit y deuda pública que ya vinculaban a España según la normativa comunitaria en la Constitución y otra otorgar un derecho de secesión que no exista en la Constitución de ningún país de la UE. Antes de exigirlo Alemania, tendría que modificar la suya...
Y si Podemos hubiera existido en 2011 podría haber provocado que la reforma del art. 135 se hubiera sometido a referéndum y Alemania se habría tenido que aguantar, lo que no quiere decir que los objetivos iban a dejar de existir. Ya estaban ahí, se habría aprobado una ley para introducirlos en la normativa española y punto. Lo de constitucionalizarlo es más bien una cuestión de imagen ante la UE y los mercados que otra cosa, no tiene tanta influencia como se dice.