Wiki, el hecho de que unos gobiernen y utilicen las instituciones del propio Estado para saltarse todo el ordenamiento juridico con el fin de lograr la secesion no es determinante para que se les acuse de sedicion y rebelion?Wikike escribió:Que son fórmulas distintas, leñe.XAVIH escribió:Wikike escribió:
Me parece que el autor plantea mal el problema.
A la hora de subsumir una acción en el tipo tiene que plantearse realmente cuál es el bien jurídico protegido y cuál es el contenido del verbo rector.
En el caso de la kale borroka a pesar de que el fin último es el mismo que en el caso de los dirigentes del procés, lo cierto es que los medios son distintos, pues en lugar de pretender la consecución de la independencia directamente a través del uso de la violencia (pues se saben inferiores al Estado) pretenden generar un estado de terror (de ahí que entre en el terorrismo) con el objetivo inmediato de que el Estado se siente a negociar un nuevo estatuto político para el País Vasco (Euskal Herria según aquellos sanos jóvenes).
En el caso del procés la clave está en que el plan va dirigido a conseguir directamente la independencia del territorio. Su medio no es causar terror, sino oponerse al sistema con el fin de modificar directamente el status quo existente.
Sí me parece oportuna la pregunta de qué grado de violencia o qué concepto de violencia exige el Art. 472 CP para que un alzamiento público sea considerado rebelión y eso será lo que tenga que explicar el TS en la sentencia (sea condenatoria por rebelión o no).
Eso en cuanto al dolo.
Luego nos encontramos también con otra clave y es la idoneidad del medio empleado para cometer el delito.
Por ejemplo, si yo quiero matar a una persona dándole un golpe en el culo es imposible que cometa un delito de homicidio aunque finalmente el individuo muera. Se trata de un delito imposible por inidoneidad del medio empleado.
Lo mismo ocurriría si yo mañana intento montar una rebelión con los vecinos de mi barrio. Por mucho que mi intención sea cumplir con los elementos fácticos exigidos en el Art. 472 CP sería imposible que ello supusiera una rebelión.
La rebelión exige que las finalidades descritas en el CP puedan ser alcanzadas (no tienen necesariamente que lograrse, simplemente se habla de posibilidad) mediante el alzamiento público y violento, si no no estaríamos ante un delito de rebelión, sino ante otra cosa.
Los Kale Borroka no podían alcanzar los fines descritos en el Art. 472 CP sólo quemando autobuses. No contaban con ningún apoyo político o institucional, no tenían ningún cuerpo armado a su servicio, ni siquiera contaban con el apoyo social de una gran parte de la población, no tenían nada. Su único objetivo era generar pánico para forzar una respuesta del Estado.
A modo resumen.
La acción de la Kale Borroka y ETA tiene como fin inmediato generar terror y como fin mediato la consecución de la independencia.
La acción del procés tiene como fin inmediato la consecución de la independencia.
O sea poner bombas durante 50 años y 850 muertos no es Rebelión pq la independencia no era el fin INMEDIATO(Que si que lo era).
Pero manifestarse 40 mil tios delante de una comitiva judicial si lo es.
Oye y pq insinten tanto con la violencia de los CDR's y si tenían jabón, digo explosivos, no habíamos quedado que lo grave es lo segundo, mejor que maten gente, que eso se ve que es mejor.
En fin,
Lo de que ETA dejara las armas pq en democracia se puede hablar de todo, era un fake, no?
Ese hombre es jurista, y hace un planteamiento jurídico elemental, para aplicar a alguien una pena tan grave como es el de Rebelión, no ha de haber ni la menor duda de que cumple todos los requisitos. Y con la Kale Borroka no la aplicaron, pq aunque muchos de esos requisitos si se daban, no era un alzamiento el fin IINMEDIATO no era cambiar el gobierno ni suplantar ninguna administración, sino sólo debilitarla.
Exactamente igual que en el caso del Procés, pero sin pegar tiros ni meter bombas. Luego si en el primer caso no hay alzamiento, aquí que no hay ni alzamiento ni violencia, menos aún.
No me habéis contestado pero si Puchi manda a los mossos a tomar el Prat, toma como rehenes los representantes del Estado, eso que sería SUPERMEGALAOSTIA REBELION.? Y si el 20-S asaltan la consellería, cuelgan del palo de la bandera a la Secretaria judicial y se hacen un abrigo con la piel de los tricornios, SUPERMEGALAOSTIA SEDICION.
En el caso de ETA no existe un alzamiento público para la consecución de la independencia porque era materialmente imposible lograrla por tales medios.
Y te contesto gustosamente, si los Mossos hubieran llegado a asumir (o a intentarlo al menos) el control de las fronteras, puertos, aeropuertos y a practicar detenciones de represnetantes del Gobierno español o del Poder Judicial no estaríamos discutiendo nada de nada, sería una rebelión evidente.
El caso es que cómo eso no se ha llevado a la práctica ninguna de esas medidas queda abierto el debate jurídico si el plan de los líderes del procés encaja en el delito de rebelión o no (y el meollo está en el tema de delimitar el concepto de "alzamiento violento"), o si pudiera llegar a ser considerado como "conspiración" o "proposición" para cometer rebelión.
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